¿Puede un propietario cortar la luz a un inquilino que no paga?

Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.
Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.
PEXELS
Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.

Uno de los principales temores de los propietarios de viviendas alquiladas es que su inquilino deje de pagar. Los procedimientos legales pueden ser largos y costosos, y algunos pueden caer en la desesperación.

Es entonces cuando surgen ideas como cortar los suministros a los inquilinos morosos (luz o agua) como medida de presión para que abandonen la casa o paguen lo que deben.

Pero, en términos generales, se trata de una mala idea. De hecho, la ley prohíbe que se corten estos suministros considerados básicos para la habitabilidad de la vivienda.

Es más, cortar la luz del inquilino puede considerarse falta o delito de coacciones, pudiendo el alquilado exigir, incluso, una indemnización por daños y perjuicios.

Si que hay un caso en el que hay que matizar: si es el arrendatario tiene la responsabilidad del suministro, porque en el contrato de alquiler así se haya establecido, y este no paga las facturas a la empresa suministradora, la compañía puede cortar la luz al inquilino.

En este caso en concreto, el ocupante no podría reclamar daños y perjuicios, ya que la habitabilidad de la vivienda depende de su compromiso en el pago de los recibos.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento