El Supremo da la razón al Gobierno por su decisión de fijar para 2030 una reducción de emisiones de CO2 inferior al Acuerdo de París

  • Greenpeace o Ecologistas en Acción pidieron anular el Plan del Clima por no cumplir el pacto para limitar calentamiento a 1,5ºC.
  •  Ribera fijó una reducción del 23% de GEI con respecto a 1990 y hace unos meses propuso elevarla a 34%.
Los niveles de gases de efecto invernadero alcanzaron un nuevo récord en 2018, un año en el que los niveles de dióxido de carbono (CO2) llegaron a 407,8 partes por millón (ppm), frente a las 405,5 ppm de 2017, según datos del boletín de gases de efecto invernadero (GEI) de la Organización Meteorológica Mundial (OMM).
La Cumbre del Clima de París fijó una reducción del 55% de GEI para contener el calentamiento global..
Los niveles de gases de efecto invernadero alcanzaron un nuevo récord en 2018, un año en el que los niveles de dióxido de carbono (CO2) llegaron a 407,8 partes por millón (ppm), frente a las 405,5 ppm de 2017, según datos del boletín de gases de efecto invernadero (GEI) de la Organización Meteorológica Mundial (OMM).

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Gobierno en la decisión que tomó en 2021 de fijar uno objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del 23% para 2030 en comparación a los niveles de 1990, aunque esté por debajo del umbral mínimo del 55% que marcó el Acuerdo de París. En una sentencia conocida este jueves ha desestimado el recurso que presentaron organizaciones ecologistas como Greenpeace o Ecologistas en Acción, al considerar que de ese modo España incumpliría sus compromisos en materia de cambio climático y que exigían llegar a un recorte del 55%.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha dictado sentencia en contra del recurso que presentaron estas organizaciones y otras como Oxfam Intermón y la Coordinadora de ONG para el Desarrollo en contra del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) que aprobó el Gobierno en 2021 y que contemplaba para el periodo entre 2020 y 2030 una reducción de GEI del 23% con respecto a los niveles de 1990. Se da la circunstancia que el Ejecutivo está en pleno proceso de actualización de este documento, que en su nueva versión eleva el objetivo de reducción de emisiones hasta el 34%.

Esta nueva marca tampoco habría satisfecho las pretensiones de los grupos ecologistas, que en su recurso en contra del PNIEC vigente reclamaban al Gobierno que elevase el objetivo de reducción de GEI al 55%, el umbral que marcan el histórico acuerdo de la Cumbre del Clima de París de 2015 para intentar evitar de ese modo que la temperatura global superarse los 1,5ºC con respecto a niveles preindustriales. 

Reclamaban anular parcialmente la parte del PNIEC relativa a la reducción de emisiones y subsidiariamente el Plan en su totalidad por quedarse corto en este objetivo.

No arbitrario y en línea con la UE

En su sentencia, el Supremo da la razón al Gobierno, al considerar que su decisión de fijar un 23% "es ajustado a derecho, no arbitrario y supone integrarse en el compromiso asumido por la UE" para cumplir el Acuerdo de París. El Alto Tribunal recuerda que precisamente la UE es el bloque que "ha liderado los mayores compromisos" en la lucha contra el calentamiento global y que está suficientemente acreditado que España se integra en este compromiso asumido de la UE, de modo que no se le puede reprochar su incumplimiento del Acuerdo de París.

“No parece que esa decisión de integrarse en los criterios de la Unión pueda tildarse de arbitraria como para que mediante la decisión que se nos pide podamos nosotros revocarla. En suma, no parece que la decisión de la Administración Española, en legítimo ejercicio de dirección de la política nacional e internacional que le confiere la Constitución, pueda tacharse de arbitraria, sino todo lo contrario”, dice la sentencia.

El Supremo reitera que el Gobierno asume los compromisos de la UE para cumplir los Acuerdos de París, que fue ratificado en una decisión del Consejo, de manera que todos sus Estados miembros se comprometieron a aplicarlo. "Los países de la UE han acordado situar a la UE en la senda para convertirse en la primera economía y la primera sociedad climáticamente neutras de aquí a 2050", acordaron en octubre de 2016, diez meses después de la Cumbre del Clima de París.

La sentencia añade que, por tanto, se trata de una estrategia coordinada e de la UE y que si España alterase los límites de emisiones previstos en 2021 -23%- para llegar hasta el que exigían las organizaciones ecologías -el 55%- “se estaría imponiendo al Estado español a la renegociación de una política diseñada, en plena armonía, en todo el ámbito de la Unión, es decir, incluso se estarían afectando a las competencias internacionales, ciertamente peculiares en el caso de la Unión, del Gobierno”.

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