La Fiscalía recurre al TSJA la sentencia que condena a una periodista por revelar secretos del asesinato de Laura Luelmo

La Audiencia de Huelva ha condenado, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, a la pena de prisión permanente revisable Bernardo Montoya, el hombre acusado de agredir sexualmente y asesinar en El Campillo (Huelva) en diciembre de 2018 a la profesora zamorana de 26 años Laura Luelmo.
Bernardo Montoya, el hombre acusado de agredir sexualmente y asesinar en El Campillo (Huelva) en diciembre de 2018 a la profesora zamorana de 26 años Laura Luelmo.
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La Audiencia de Huelva ha condenado, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, a la pena de prisión permanente revisable Bernardo Montoya, el hombre acusado de agredir sexualmente y asesinar en El Campillo (Huelva) en diciembre de 2018 a la profesora zamorana de 26 años Laura Luelmo.

La Fiscalía de Huelva ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia que condena a una periodista a dos años de prisión por un delito de revelación de secretos relacionados con el caso del asesinato de Laura Luelmo en diciembre de 2018.

En el recurso, se solicita que se revoque la sentencia y condene a la acusada por el mismo delito pero aplicándole la eximente incompleta de actuar en ejercicio de la profesión periodística en relación con el derecho a la información (artículo 20.7 del Código Penal y 20 de la Constitución), lo que la eximiría de responsabilidad penal.

Subsidiariamente, en caso de que se decida mantener la condena por el tipo de delito determinado por la Audiencia de Huelva, pide que se le rebaje la condena a nueve meses de prisión y una multa de 1.620 euros.

En su recurso, el fiscal asegura que comparte "en gran parte" la sentencia dictada, aunque considera que "valora la prueba practicada en relación a la calificación jurídica de los hechos probados llegando a conclusiones sin motivación suficiente y razonable".

Tras indicar que no cuestiona los hechos probados y que "en ningún caso solicita una pena mayor a la impuesta", recalca cuestiones que, a su juicio, podrían haber llevado a una condena mayor, como el que en las informaciones "se revelan datos íntimos y muy sensibles de la víctima" o que "procedían de la filtración ilícita de las actuaciones sumariales y sin ninguna autorización de la familia de la víctima".

Dejando claro esto, el Fiscal centra su recurso en lo que considera infracción de ley por inaplicación de la eximente incompleta de actuar en el ejercicio de la profesión periodística en relación con el derecho a la información.

En este punto, señala el fiscal que en este caso "fue muy intenso e invasivo el tratamiento en medios escritos y televisivos de la muerte violenta de la víctima" y ese exceso fue lo que lo llevó al juicio oral, si bien entiende que, partiendo de la doctrina constitucional, debe apreciarse esa eximente incompleta y graduar la pena de forma proporcionada.

Pena más proporcionada

Considera que "no es razonable" que la sentencia no analice y desarrolle de forma suficiente la concurrencia como incompleta de esta eximente y, aplicando al caso la doctrina constitucional, señala que "partiendo de que la acusada es periodista, cubre una noticia de clara relevancia e interés público nacional y obtiene de forma no concretada pero ilícita las actuaciones sumariales".

"Las publica sin omitir datos que, afectando gravemente a la intimidad de la víctima y de su familia, nada aportaban al derecho constitucional de la opinión pública de estar informados del crimen y su investigación", afirma el fiscal.

"Estaríamos ante el supuesto en que la doctrina constitucional habla de excesos no amparables en su totalidad" ya que, si bien actuando bajo el ejercicio de su profesión, "publicó datos innecesarios para informar y que vulneraban la intimidad de forma grave", de ahí que entienda que se ha de aplicar la eximente de manera incompleta.

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