Esta es la ayuda del SEPE de 15.840 euros que se puede cobrar hasta tres veces

Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con una ayuda de hasta 15.840 euros con carácter extraordinario para aquellos trabajadores que se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado otras prestaciones como el paro y otros subsidios ordinarios a los que tuviese derecho.

Se trata de la renta activa de inserción (RAI), una prestación no contributiva que pueden solicitar aquellas personas que siguen desempleadas y no tienen derecho a cobrar el paro —subsidio por desempleo— ni ninguna otra prestación contributiva, explican desde la web del Ministerio de Trabajo.

En lo que respecta a la duración de esta ayuda, la RAI se puede cobrar durante 11 meses como máximo, y la cuantía es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros al mes. En total, el importe de la ayuda es de 5.280 euros.

Asimismo, esta prestación se puede solicitar hasta en tres ocasiones, siempre y cuando entre cada solicitud se deje un año de carencia, recogen desde Noticias Trabajo. Por ese motivo, la prestación puede alcanzar los 15.840 euros en total.

Estos son los perfiles de personas que pueden pedir la Renta Activa de Inserción en el SEPE:

  • Desempleado de larga duración, mayor de 45 años.
  • Persona con discapacidad.
  • Emigrante retornado.
  • Víctimas de violencia de género por su pareja o expareja.
  • Otras víctimas de violencia doméstica.

Además de tener que encajar en uno de estos supuestos, el solicitante de esta prestación no contributiva deberá cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Estar desempleado.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener derecho a otra prestación contributiva por desempleo, subsidios por desempleo o renta agraria.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (establecido en 1.080 euros/mes), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No haber sido beneficiario de tres programas de renta activa de inserción.
  • No ser perceptor de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social incompatibles con el trabajo.
  • No tener una pensión de invalidez no contributiva, o si la tiene, debe encontrarse suspendida mientras dure la percepción de la Renta Activa de Inserción.
  • Adicionalmente, a los requisitos generales para optar a la renta activa de inserción, se deberán cumplir requisitos específicos para optar a un programa determinado.
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