Quién puede solicitar la pensión por orfandad: ¿cuándo se deja de cobrar?

Solicitar la pensión por orfandad
Solicitar la pensión por orfandad
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Solicitar la pensión por orfandad

La pensión por orfandad es una prestación económica que se otorga a los descendientes de una persona que ha fallecido y a los aportados por su cónyuge que cumplan una serie de requisitos, detalla la Seguridad Social. Esta prestación se debe tramitar "en cualquier momento posterior al fallecimiento", pero si se presenta fuera de los tres siguientes meses, se "abonará con una retroactividad máxima de tres meses a la fecha de solicitud", aclara el organismo público. 

Pero, ¿quién puede solicitarla? ¿Cómo se tiene que presentar? ¿Cuánto tiempo dura? En primer lugar, destaca la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Para que una persona genere una pensión de orfandad para sus hijos, "debe haber estado de alta alguna vez en la Seguridad Social y haber cotizado un mínimo".

Requisitos para recibir esta pensión

Por un lado, si la persona fallecida era trabajadora en activo y estaba dada de alta en la Seguridad Social, los requisitos varían según la causa de la muerte:

  • Si ha sido por un accidente de cualquier clase, no necesariamente laboral, o una enfermedad laboral, no se exige cotización mínima;
  • Si ha sido por una enfermedad común, se exige haber cotizado al menos 500 días seguidos en los cinco años previos.

No obstante, si la persona fallecida no estaba en situación de alta o asimilada y el fallecimiento es por enfermedad común o accidente no laboral, "para generar el derecho a la pensión el fallecido habría debido cotizar al menos 15 años a lo largo de su vida laboral", detalla la OCU.

¿Y si cobraba una pensión? En este supuesto, se considerará que cumplía con los requisitos establecidos.

En el caso de que trabajara por cuenta propia, uno de los requisitos exigidos es que no tuviera cuotas pendientes. "Si las tenía, te darán la opción de ingresarlas primero y luego pedir la pensión".

Quiénes pueden cobrar esta pensión

Los hijos huérfanos cobrarán esta prestación, siempre que se cumplan estas condiciones:

  • Sean menores de 21 años.
  • Sean mayores de 21 años y menores de 25 años, siempre que no trabajen o estén empleados por un salario inferior al mínimo. "En este caso no podrían cobrar la pensión de orfandad si el progenitor viudo tiene unas rentas superiores al salario mínimo".
  • Sean mayores de 21 años, pero su capacidad de trabajo se vea reducida por incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.

También podrán recibir esta pensión los hijastros, si se cumplen estos requisitos complementarios, además de los descritos:

  • El matrimonio se celebró al menos dos años antes del fallecimiento.
  • El hijastro convivía con la persona fallecida y dependía económicamente.
  • El hijastro no cobra otra prestación pública ni tiene familiares para recibir ayuda económica.

¿Cuándo se deja de recibir?

Si cobras una pensión de orfandad, se dejará de recibir si se cumplen estas circunstancias:

  • Al superar la edad límite.
  • Al casarse. 
  • Si te adoptan. 
  • Si dejas de padecer la incapacidad que te daba acceso.
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