Cómo añadir las deducciones por acogimiento de menores en la declaración de la Renta 2023-2024 en Madrid

Declaración de la Renta.
Desde el 3 de abril, las personas interesadas en realizar la declaración de la Renta podrán hacerlo a través de Internet.
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Declaración de la Renta.

La cuenta atrás para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023. Desde el 3 de abril, las personas interesadas en realizarla podrán hacerlo a través de Internet, mientras que las que prefieran realizar este trámite de forma telefónica o presencial tendrán que esperar hasta los días 7 de mayo y 3 de junio, respectivamente.

Las personas que tributan en la Comunidad de Madrid pueden beneficiarse de numerosas deducciones autonómicas relacionadas con el ámbito personal y familiar. Entre ellas destaca una por acogimiento de menores, cuyas cantidades varían dependiendo del número de niños que sean acogidos.

Concretamente, se deducirán 618,60 euros por el primer menor acogido y 773,25 euros por el segundo. Además, en caso de que se acojan más de dos niños, la cantidad se verá incrementada hasta los 927,90 euros. El año pasado estas cantidades fueron de 600, 700 y 900 euros, respectivamente.

Para poder beneficiarse de esta deducción, los contribuyentes tienen que cumplir con algunos requisitos. Estos son:

  • Haber convivido con el menor más de 183 días del año natural.
  • Tener el correspondiente certificado acreditativo del acogimiento.
  • La base imponible no puede superar los 26.414,22 euros en la tributación individual o los 37.322,20 euros en la tributación conjunta.

Para añadir esta deducción, los contribuyentes tendrán que marcar la casilla 1041 en su formulario de la declaración de la Renta.

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