Nuevas condiciones fiscales de los artistas en 2023: así se reducirá su IRPF tras la aprobación del "Estatuto del Artista"

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Nuevas medidas en materia fiscal para el sector cultural y artístico.
Piqsels
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Este mes de enero, el Consejo de Ministros aprobaba una nueva prestación especial por desempleo para aquellas personas que se dedican al sector cultural y artístico, y publicaba el Real Decreto 31/2023, por el que se modifica el Reglamento del IRPF para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones fiscales. De esta manera, el sector veía cumplidas algunas de sus principales reclamaciones históricas al incluir la prestación por desempleo, la reforma de las cotizaciones y mejoras para el acceso a la jubilación.

Pero, ¿cómo repercutirán las nuevas medidas fiscales? "Se trata de medidas consensuadas en la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista y destinadas a las personas con rentas más bajas de este colectivo al reducir las retenciones que soportan", explican los expertos de TaxDown al respecto. 

Modificaciones fiscales 

Uno de los objetivos del nuevo estatuto es adaptar las cotizaciones a la Seguridad Social a las especificidades de la actividad de los autónomos que trabajen en el sector cultural y/o artístico. ¿En qué cambian las cotizaciones de las personas que trabajen en este sector?

En primer lugar, se aplicará una reducción del 15% al 2% del tipo mínimo de retención que se aplica a los rendimientos del trabajo y que "deriven de una relación laboral especial de las personas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad", detallan en TaxDown.

Por otro lado, "se reducirá el tipo de retención del 15% al 7% en relación con las actividades económicas desarrolladas por los artistas". Para ello, se deberá haber obtenido en el periodo impositivo anterior unos rendimientos íntegros inferiores a 15.000 euros. Además, deberán representar la principal fuente de ingresos, "entendida esta última como más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio", subrayan.

Un nuevo paro para los artistas

Además de las modificaciones en materia fiscal, las personas que trabajen en este sector y que cumplan con los requisitos podrán acceder a la primera prestación especial por desempleo para el sector, que se incluye en el Real Decreto-ley 1/2023. Se trata de "una prestación de cuatro meses y se establecen dos cuantías fijas de hasta el 100% del IPREM según el umbral de cotización".

También podrán acceder a esta prestación los técnicos y auxiliares del sector, y se deberán acreditar 60 días de cotización por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. O bien, podrán acreditar 180 días de alta en la Seguridad Social por prestación real de servicios o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años previos a la situación de desempleo.

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