El Constitucional se blinda ante la oleada de recusaciones a sus magistrados y allana el terreno a la ley de la eutanasia

El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.

El Tribunal Constitucional de mayoría progresista da sus primeros pasos con el objetivo claro de atajar los recursos pendientes de mayor calado y antigüedad ante un obstáculo cada vez más notable: las recusaciones que PP y Vox presentan para apartar a ciertos magistrados de las votaciones. El presidente Cándido Conde-Pumpido quiere apretar a fondo el acelerador para llevar a cabo el trabajo acumulado durante años, pero cada vez que el TC estudia un asunto, primero debe abordar las recusaciones o abstenciones que afectan a diferentes togados, retrasando así los plazos previstos. Así ocurrirá el próximo martes, cuando la corte de garantías analizará si aparta a Juan Carlos Campo y a Laura Díez del debate sobre la ley de la eutanasia, que en principio iba a celebrarse ese mismo día. 

En los últimos días se han conocido dos autos en los que el tribunal justifica sendas decisiones que acordó en el marco del debate sobre la ley del aborto de 2010 y que pueden marcar el futuro del TC: rechazar la abstención de la magistrada Concepción Espejel y denegar las recusaciones solicitadas por cinco exdiputados del PP contra Conde-Pumpido, Díez, Campo y Espejel. Varios magistrados han emitido votos particulares en contra. 

Los argumentos que esgrime el tribunal de garantías para justificar la permanencia de estos jueces en el debate sobre la ley del aborto podrán ser utilizados para rechazar futuras recusaciones, por lo que se pueden entender como una manera de prevenir un lastre que amenaza con convertirse en el principal problema de este órgano. 

El caso de Concepción Espejel es especialmente ilustrativo en este sentido. La magistrada solicitó abstenerse del Pleno porque, en el momento de la elaboración de la ley del aborto (2010), ella formaba parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Como parte del órgano de gobierno de los jueces, Espejel participó en la elaboración de un informe sobre el proyecto de ley, circunstancia que le llevó a pronunciarse sobre la norma. El informe, que estaba destinado a llegar al Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, finalmente nunca fue remitido al mismo. 

La magistrada alegó que las opiniones expresadas en aquel documento son un precedente que pone en cuestión su imparcialidad a la hora de estudiar la ley del aborto, razón que le hizo solicitar su abstención. Pero el Constitucional la rechazó alegando -entre otros asuntos- que "es lógico" que un magistrado se haya pronunciado previamente sobre un asunto que se debate en Pleno. "Cada juez constitucional es elegido entre juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio, experiencia profesional en cuyo marco es habitual, casi inevitable, que haya expresado opiniones jurídicas propias sobre las previsiones constitucionales", explica la corte de garantías en este sentido. 

En segundo lugar, el auto explica que la decisión relativa a una petición de abstención o recusación se trata de forma distinta en el Constitucional y en la jurisdicción ordinaria. En el caso del tribunal de garantías, señala el auto, "se deben tener en cuenta intereses adicionales vinculados con el mandato de salvaguarda del ejercicio de la propia jurisdicción". Es decir, que antes de aceptar una recusación u abstención, el TC debe valorar cómo afectará al cuórum del Pleno y a la estabilidad en la composición del colegio de magistrados. 

"La interpretación del deber de imparcialidad de los magistrados constitucionales no puede ir más allá de lo necesario", advierte el auto, "en detrimento del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado".  Con lo cual, las abstenciones y recusaciones se deben estudiar de manera "restrictiva", dado que "ningún otro juez puede ocupar la posición del afectado por la tacha de parcialidad". 

La corte de garantías deberá apartar tan solo al "juez prevenido y parcial, es decir, aquel del que cabe justificadamente sospechar que puede poner el ejercicio de su función al servicio del interés particular de una de las partes o de su propio interés". Por el contrario, "no queda justificada la recusación ni la abstención de un juez constitucional u ordinario por el mero hecho de tener criterio jurídico sobre los asuntos que debe resolver", apunta el tribunal.

El TC no puede convertirse en "una tercera Cámara"

El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, advirtió esta semana durante el acto de homenaje al expresidente Francisco Tomás y Valiente de que el tribunal no puede ser nunca "una tercera Cámara" legislativa. Una posibilidad que preocupa a los magistrados del Tribunal Constitucional, contra los que se han presentado hasta 65 recusaciones desde la oposición al Gobierno de Pedro Sánchez. 

Para evitar, en la medida de lo posible, los retrasos que estas recusaciones puedan ocasionar, el tribunal dedicará el Pleno de la semana entrante a resolver varios recursos presentados por el PP y Vox. En concreto, el Constitucional estudiará los incidentes de recusación presentados por los populares contra Juan Carlos Campo en torno a nueve debates y contra la magistrada Laura Díez en otros ocho. También se abordarán las recusaciones presentadas por el partido de Santiago Abascal contra Conde-Pumpido, Campo, Díez y María Luisa Segoviano. 

El 7 de marzo, la corte de garantías estudiará los vetos impuestos por Vox contra los mismos magistrados en relación a 11 recursos presentados por esta misma formación, con lo que el Constitucional prevé zanjar las 65 recusaciones en estos dos Plenos consecutivos

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