Lo que cambia (y lo que permanece igual) en la nueva del ley del aborto que se ha aprobado este jueves con el rechazo de PP y Vox

La ley del aborto.
La ley del aborto.
Carlos G. Kindelán
La ley del aborto.

La reforma de la ley del aborto, que ha sido aprobada este jueves definitivamente por el Congreso, busca garantizar la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos y elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años.

La reforma, que introduce medidas novedosas, como las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes, mantiene los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional, con lo que el aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación.

Excepcionalmente podrá interrumpirse el embarazo hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después, solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.

Estos son los ejes del proyecto impulsado por el Ministerio de Igualdad, que verá la luz con la oposición del PP y de Vox:

  • Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años. Se elimina el requisito introducido en 2015 por el Gobierno del PP que obligaba a las menores de 16 y 17 años a contar con el consentimiento de sus representantes legales.
  • ​Los centros sanitarios públicos deberán organizar sus servicios para garantizar la prestación del aborto.
  • Se creará un registro de objetores de conciencia. Quien se declare objetor no podrá practicar abortos, tampoco en la sanidad privada.
  • Se elimina la obligación de informar a la mujer sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad y también el plazo de reflexión de tres días.
  • La reforma amplía los derechos reproductivos a todas las "personas trans con capacidad de gestar", es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino, pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.

La nueva ley también recoge nuevos derechos, que no hacen referencia directa al aborto, como pueden ser los siguientes:

  • La ley establece el derecho a la incapacidad laboral temporal de las mujeres por reglas dolorosas incapacitantes.
  • Se recoge el derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 del embarazo y mientras se reciba asistencia sanitaria por un aborto y no se pueda trabajar.
  • ​La reforma apuesta por la gratuidad de los productos de higiene menstrual (tampones, compresas o copas menstruales) en centros educativos, prisiones y centros sociales para las mujeres en situación de vulnerabilidad.
  • ​Se garantiza también el acceso público y universal a la anticoncepción y se insta a los poderes públicos a fomentar la corresponsabilidad, apoyando la investigación y financiación de anticonceptivos masculinos.
  • La educación afectivo-sexual formará parte del currículo durante toda la educación obligatoria.
  • La esterilización y la anticoncepción forzosas, el aborto forzoso, y la gestación por sustitución se recogen como violencias en el ámbito de la salud sexual y reproductiva de la mujer.
  • Para prevenir los vientres de alquiler, ilegales en España, se prohíbe la publicidad de las agencias de intermediación y se realizarán campañas informativas.
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