Cheque de 200 euros: ¿puedo pedir la ayuda si vivo con mis padres?

Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.
Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.
AGENCIA TRIBUTARIA
Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.

En poco más de una semana, a partir del próximo 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, se podrá solicitar el cheque de 200 euros a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. De esta ayuda solo se beneficiarán los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones sociales, como el Ingreso Mínimo Vital o la pensión. Así lo determinó el Gobierno de España. Pero desde que esta medida se diera a conocer a finales de 2022, han sido muchas las dudas que han surgido al respecto: una de las más habituales es si pueden pedirla las personas que viven con sus padres. Lo cierto es que estos podrán hacerlo, aunque la unidad familiar deberá cumplir una serie de requisitos que establece la Agencia Tributaria.

Este abono extraordinario, que se concederá por unidad familiar y no a título individual, fue una de las medidas que aprobó el Ejecutivo el 27 de diciembre de 2022 para hacer frente a la elevada inflación y proteger a los sectores más vulnerables de la población. El objetivo es alcanzar a 4,2 millones de hogares y reducir la vulnerabilidad económica que no se combate con otras prestaciones sociales.

¿Es posible solicitar el cheque si vivo con mis padres? 

La respuesta a esta pregunta frecuente es que sí, tal y como se indica en la página web de la Agencia Tributaria. Los contribuyentes que vivan con sus padres también pueden pedir el cheque de 200 euros, pero solo podrán hacerlo si las rentas que los convivientes obtuvieron en 2021 son inferiores a 14.000 euros brutos, es decir, sin descontar los gastos ni las retenciones.

A ello se une otra condición: sin tener en cuenta la vivienda habitual, el patrimonio no puede superar los 43.196,40 euros.

Cómo se puede pedir la ayuda

El próximo 15 de febrero, la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria abrirá el plazo para solicitar la ayuda de 200 euros y, para ello, habilitará un formulario electrónico.

Para presentar la solicitud, es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-E. A su vez, un tercero por apoderamiento o colaboración social puede presentar el formulario.

Con respecto al NIF, se debe consignar el del solicitante y el de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo, como se indica en el Real Decreto Ley 11/2022 publicado en el BOE.

Cuándo se cobrará

El cheque de pago único se abonará mediante transferencia bancaria. De ahí que haya que indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder realizar el pago de la ayuda. El plazo para cobrarla es de tres meses, que empiezan a contar a partir de la fecha de finalización del periodo para presentar el formulario, es decir, del 31 de marzo de 2023. Por ello, la fecha máxima para que se ingrese el cheque es el 30 de junio de 2023.

No obstante, cuando, a partir de la solicitud presentada y la información de que disponga, la Agencia Estatal de Administración Tributaria decida que no resulta procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le detallarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica.

Si han transcurrido tres meses desde que finalizó el plazo de presentación del formulario y no se ha cobrado, ni se ha notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud se entenderá desestimada.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento