Qué pensionistas pueden cobrar el plus de 425 euros al año por hijo

Dos niños y una mujer caminando al colegio.
Complemento que se suma a la pensión contributiva.
Europa Press
Dos niños y una mujer caminando al colegio.

El complemento de brecha de género, vigente desde febrero de 2021, consiste en una prestación económica que se suma a aquellas personas que reciban una pensión contributiva de jubilación (excepto jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad. Tiene como objetivo reducir la brecha de género existente y que está relacionada con el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a, "una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la cuantía de la pensión", detalla la Seguridad Social en la guía sobre este nuevo complemento vinculado a la maternidad y paternidad.

Este plus en las pensiones está dirigido principalmente a las mujeres, puesto que "sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo". Sin embargo, "pueden solicitarlo también los padres, siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral". Se solicita al mismo tiempo que se pide la pensión contributiva y únicamente puede hacerlo uno de los progenitores. 

Cuantías de este complemento para 2023

En 2022, este complemento partía de una cuantía fija mensual por hijo de 27 euros, esto es, un importe mínimo anual de 378 euros al abonarse en 14 pagas. En 2023, tras la revalorización de las pensiones, la cuantía aumenta a 30,40 euros mensuales, explica la Seguridad Social, por lo que se establece un mínimo de 425,60 euros al año.

Según los datos más recientes aportados por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, a fecha de 1 de enero de 2023, un total de 409.970 pensiones han percibido el complemento por brecha de género, de las que un 92,3% son mujeres (378.457). Del total, un 22,1% corresponde a pensionistas con un hijo (90.450), que anteriormente no tenían acceso al complemento de maternidad. Además, el 47,3% de los beneficiarios cuentan con dos hijos (193.925); el 19,7%, con tres (80.923) y con cuatro hijos, el 10,9% (44.672).

De esta manera, para este año, la cuantía mínima de este plus en la pensión será de 425,60 euros al año por un hijo, mientras que la máxima será de 1.702,40 euros, en el caso de tener cuatro hijos

A quién va dirigido

Como se detallaba anteriormente, este complemento está destinado principalmente a las mujeres por la brecha de género existente. En el caso de que ninguno de los progenitores se vea afectado en su vida laboral, "el complemento se adjudicará a la madre". 

Si son dos mujeres, se otorgará "a la que tenga la pensión con un importe inferior". Si los dos progenitores son hombres, podrán pedirlo siempre que cumplan los requisitos y se concederá al que perciba una menor cuantía en su pensión.

Entonces, ¿en qué supuestos pueden solicitarlo los hombres? La Seguridad Social detalla las siguientes circunstancias:

  • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor
    por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a
    percibir pensión de orfandad.
  • Causar una pensión de jubilación o incapacidad permanente y haber
    interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.

Este complemento, que sustituye al de maternidad, se actualiza de acuerdo con la revalorización de las pensiones, pero "no tiene la consideración de ingreso o rendimiento de trabajo a estos efectos". Por otro lado, está dirigido a las pensiones contributivas, por lo que aquellas personas que reciban una no contributiva, no podrán solicitarlo.

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