Junqueras pide su absolución al Supremo tras la derogación de la sedición y la reforma de la malversación

El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras.
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras.
DAVID ZORRAKINO - EP
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras.
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras.
Europa Press

El líder de ERC, Oriol Junqueras, ha solicitado al Tribunal Supremo, el mismo que lo condenó a 13 años de prisión e inhabilitación por su participación en el procés, que lo absuelva. Lo ha hecho a través de un escrito al alto tribunal y a la vez que el exconsejero Raul Romeva y la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell, que también han pedido la absolución. La solicitud se justifica en el principio de derecho en favor del reo y parte de la tesis de que las penas que contempla la legislación son más leves tras las reformas legales impulsadas por el Gobierno para derogar la sedición y abaratar algunas de las penas por malversación. 

Junqueras ya no cumple pena en prisión, pues fue indultado a mediados de 2021, pero mantiene la condena de 13 años de inhabilitación, que no le permite ejercer cargo público. Pero, según alega en las alegaciones remitidas al alto tribunal, "la ley que entró en vigor el pasado 12 de enero [...] debe dar lugar a la revisión de la condena impuesta si el Código Penal vigente resulta más favorable". 

La defensa del exvicepresidente solicita la revisión de la condena y dictar "la inexistencia de responsabilidad penal por los hechos probados descritos en la sentencia de 14 de octubre de 2019". Según Junqueras, la reacción penal que se le aplica es "imprevisible y desproporcionada". 

La tesis de la defensa es que, como dictó el juez instructor Pablo Llarena, la derogación de la sedición no da pie a la aplicación del delito de desórdenes públicos agravados que el Ejecutivo diseñó a finales del año pasado, sino que se debe aplicar el delito de desobediencia, que no conlleva penas de cárcel cuando el delincuente era una autoridad pública en el momento de la comisión del mismo. 

"Los hechos probados que en su día fueron subsumidos en el delito de sedición no pueden hallar encaje típico en ningún otro delito y concretamente no pueden ser objeto de sanción de conformidad con el delito de desórdenes públicos", argumenta el escrito firmado por el abogado de Junqueras, Andreu Van den Eynde.

Junqueras difiere del criterio del juez Llarena al considerar que se deben aplicar las penas mínimas que contempla el nuevo delito de malversación. El líder de ERC señala en su solicitud que no se le pueden aplicar ninguno de los artículos que derogan el tipo penal de la malversación. 

Según Junqueras, la malversación agravada no encaja en los hechos por los que se le condenó, dado que "no se dio por probada la concurrencia de ánimo de lucro". "No hay duda de que la condena dictada fue por actuaciones de administración desleal y no por acciones de apropiación indebida", alega. 

Por tanto, el presidente de ERC considera que la conducta sancionada en su día ya no está castigada por el Código Penal, dado que los artículos referidos a la malversación sin ánimo de lucro penan la "apropiación de patrimonio público", no la administración desleal. 

Las solicitudes de absolución de Junqueras, Romeva y Forcadell han sido presentadas el mismo día que el expresidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart ha mandado al Supremo un escrito en el que denuncia que la revisión de su sentencia "no reconoce, ni repara, ni establece garantías de no repetición de la vulneración de derechos fundamentales" que ha supuesto su condena. Así ha contestado Cuixart al requerimiento del juez Manuel Marchena, que invitaba a las partes del juicio del procés a pronunciarse sobre la revisión de sus condenas a raíz de la reforma del Código Penal. 

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