Requisitos para optar a las ayudas al alquiler para jóvenes en Málaga

fotografo: Jose Gonzalez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Recursos: Inmobiliarias, Vivienda, Se vende, Se alquila. Hipotecas. Alquiler. Venta de pisos.
Venta de pisos y alquiler.
José González
fotografo: Jose Gonzalez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Recursos: Inmobiliarias, Vivienda, Se vende, Se alquila. Hipotecas. Alquiler. Venta de pisos.

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha aprobado ya las ayudas de alquiler para jóvenes en Andalucía, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda a este grupo de población, haciendo frente a los pagos. 

Para poder acceder a la ayuda, hay que cumplir con ciertos requisitos que se explican desde la Junta de Andalucía, que ha dedicado un total de 11.850.000 euros a la provincia de Málaga para estas ayudas. Igualmente, hay que cumplir con los plazos de solicitud. 

Plazos para pedir la ayuda del alquiler

Aunque la convocatoria se abrió el 14 de noviembre del 2022 a las 09.00 horas y está vigente hasta el 14 de febrero de 2023 a las 15.00 horas, el número de solicitudes presentadas han superado las 14.000, por lo que se ha cerrado el plazo provisionalmente. 

De este modo, podrá reabrirse si se constata la disponibilidad de crédito para nuevas solicitudes, de conformidad con el dispongo cuarto de la Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se convocan ayudas al Alquiler a los Jóvenes.

¿Cómo se pide la ayuda?

En caso de reabrirse el acceso a la ayuda, la presentación de solicitudes y documentación se lleva a cabo a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios. Una vez se accede a la web, basta con rellenar el formulario online, con todos los datos personales requeridos y la documentación que demuestre el cumplimento de los requisitos.

Requisitos necesarios para recibir esta ayuda

Tal y como se recoge en la web del Bono Alquiler Joven de la Junta de Andalucía, estos son los requisitos que hay que cumplir: 

  • Ser persona física mayor de edad y tener hasta treinta y cinco años, incluida la edad de treinta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), y Suiza. 
  • Ser titular en el momento de la solicitud de un contrato de alquiler de vivienda; o tener atribuido el derecho de uso, por subrogación, convenio o sentencia de separación o divorcio, u otros títulos válidos en derecho. Podrá ser titular también de un contrato de alquiler de habitación.
  • Tiene que tener un compromiso de contrato suscrito por el arrendador y el arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato a firmar caso que la persona resulte beneficiaria de la ayuda
  • Disponer de una fuente regular de ingresos.
  • No haber percibido unos ingresos anuales (referidos al último periodo impositivo vencido respecto a la fecha de solicitud considerando 14 pagas anuales): hasta 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para una sola persona y hasta 4 veces el IPREM para unidades familiares o de convivencia no unipersonales.

También hay que cumplir con los límites de renta que no pueden excederse a la hora de conseguir la ayuda para el alquiler, que van en función de en función del municipio y del tipo de contrato. 

Cuantías de la ayuda

El importe de la ayuda es hasta un máximo de 250 euros mensuales. La ayuda podrá tener un importe inferior al expresado en el apartado anterior en caso de ser la última a abonar antes del agotamiento del crédito presupuestario, recogen en la mencionada web. 

El período subvencionable podrá alcanzar hasta 24 meses, que han de ser naturales, completos y consecutivos, mientras que el periodo subvencionable se iniciará en una fecha anterior a la fecha de solicitud, siendo el primer mes subvencionable enero de 2022, salvo excepciones. 

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