¿Me pueden multar por hacer transferencias entre familiares?

La entidad bancaria ha sido suplantada con dos tipos de estafa de phishing en la última semana.
La entidad bancaria ha sido suplantada con dos tipos de estafa de phishing en la última semana.
Caja Rural
La entidad bancaria ha sido suplantada con dos tipos de estafa de phishing en la última semana.

Actualmente, hacer transferencias a amigos y familiares a través de aplicaciones móviles o por envíos rápidos de Bizum es una cosa muy común y habitual, aunque hay que tener cuidado con ciertos movimientos de dinero que pueden acarrear multas. 

De hecho, la Agencia Tributaria controla los movimientos de las cuentas bancarias y, además, las entidades financieras están obligadas a colaborar contra el fraude y, por ello, se establece que deberán otorgar a Hacienda toda la información requerida. 

Así se indica en el Artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, donde se puede leer que las entidades "estarán obligadas a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas". 

Límites a la hora de hacer transferencias

De manera general, el límite a la hora de hacer transferencias entre amigos, familiares o cualquier otra persona está fijada en los 6.000 euros. A partir de esta cantidad, la entidad bancaria debe notificar la información a la Agencia Tributaria. 

Por otro lado, las cantidades que superen los 10.000 euros deben ser declaradas por los contribuyentes. Igualmente, aunque se trate de otras cantidades menores, las entidades bancarias están obligadas a dar la información requerida si Hacienda así lo requiere.

Dejando esto a un lado, las transferencias entre familiares también deben ser declaradas mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siguiendo los porcentajes de cada comunidad autónoma. 

En resumen, los movimientos de más de 10.000 euros siempre se pasan a Hacienda, mientras que el resto de movimientos, si son sospechosos de fraude, también pueden ser requeridos por Hacienda para comprobar si están dentro de la legalidad. 

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