"Le envié la herencia de mi madre y la perdí. Ahora he vuelto a nacer": las estafas amorosas también se acogen a la 'Segunda Oportunidad'

María Teresa, testimonio sobre la Ley de la Segunda Oportunidad.
María Teresa, testimonio sobre la Ley de la Segunda Oportunidad.
Cedida
María Teresa, testimonio sobre la Ley de la Segunda Oportunidad.

La Ley de la Segunda Oportunidad ha permitido desde su implantación en 2015 que muchas personas físicas, tanto particulares como profesionales que trabajan por cuenta propia, en situación de insolvencia, por diferentes circunstancias, tengan la opción de cancelar el total o la mayoría de sus deudas y puedan empezar una nueva vida sin ellas.

Este es el caso de María Teresa (Maite, como le gusta que le llamen), una madrileña vecina del municipio de Humanes de Madrid, que se vio ahogada por las deudas como consecuencia de solicitar varios préstamos debido a una estafa amorosa realizada a través de Internet. "Cuando me dijeron que la sentencia había salido favorable, tuve la sensación de haberme quitado una losa de encima. Respiré hondo, y dije, gracias a dios, que esto se ha podido solucionar", cuenta a 20minutos.

Maite, pensionista con un grado de invalidez absoluta, ha tenido que hacer frente, ella sola, a una deuda que superaba los 20.000 euros, tras ser víctima de una estafa durante meses, ya que el autor se habían ganado su confianza para posteriormente simular situaciones de riesgo y necesidad, consiguiendo de esta manera que le realizara transferencias bancarias con diferentes cuantías.

"Le llegué a mandar hasta la herencia de mi madre, unos 70.000 euros. Fue una bestialidad. Después de abrir los ojos y ver lo que me estaba pasando, este verano sufrí un infarto. No veía ninguna salida", detalla Mayte.

Durante muchos años se demandó que España contara con una ley que permitiera que las personas físicas pudieran acogerse a los mismos beneficios con los que contaban las empresas cuando sus deudas fueran impagables. En el año 2015, se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad, con la que los particulares podían solicitar la exoneración o la condonación de esas deudas. Esta ley se ha convertido en una herramienta idónea para las personas físicas que se encuentran en una situación de quiebra económica que no pueden hacer frente a sus deudas y, así, poder retomar sus proyectos o su vida personal.

Y esto fue lo que hizo Maite tras ver un anuncio del despacho de abogados Repara tu Deuda, especialistas en esta Ley de la Segunda Oportunidad, donde la asesoran y la guiaron durante todo el procedimiento para poder anular sus deudas. "Al principio me decía la gente que no me fiara, que lo de perdonarme la deuda sonaba muy bonito… pero me atendieron unos profesionales increíbles en estos dos años y medio hasta que salió la sentencia", señala.

Los abogados de Repara tu Deuda aseguran que después de que se publicaran las sentencias ganadas y las declaraciones de las personas que han dejado su deuda atrás, "la gente ha confiado mucho más". "Nosotros lo que hacíamos es informarles de todo, le enseñábamos la ley en el Boletín del Estado", señalan.

"He vuelto a nacer. Nunca imaginé tener una experiencia de vida así a mi edad, pero bueno, ahora ya sí que tengo claro que nadie me va a engañar. Solo tengo palabras de agradecimientos para todas aquellas personas que me han ayudado", concluye Maite. 

A raíz de la pandemia del coronavirus, el número de personas que se ha acogido a esta ley ha crecido de forma exponencial. Según datos de Repara tu Deuda, desde que entró en vigor esta Ley, en 2015, solo en la Comunidad de Madrid son más de 1.674 las personas en situación de sobreendeudamiento que han solicitado acogerse a esta Ley, lo que representa el 15,9% del total en España. Este balance sitúa a la región en el segundo puesto del ranking nacional, por detrás de Cataluña (3.954 solicitudes).

Requisitos y procedimiento

La Ley de la Segunda Oportunidad no está al alcance de cualquiera que tenga deudas y, aunque no son demasiados, existen una serie de requisitos para poder acogerse a ella: 

  1. Declarar el estado de insolvencia actual o inminente.
  2. No ser declarado culpable en el concurso.
  3. La obligación total de las deudas no puede superar los cinco millones de euros.
  4. No haberse acogido a esta ley en los 5 años previos.
  5. No haber sido condenado por delitos económicos o falsedad documental en los 10 años anteriores.
  6. La buena fe del deudor.
Mostrar comentarios

Códigos Descuento