Una agente de policía es condenada a 22 meses de prisión por quedarse con 605€ de una cartera perdida

  • Una ciudadana había entregado la cartera en las dependencias municipales, pero no se realizó ningún registro.
  • A la acusada también se le ha impuesto una inhabilitación especial para empleo como policía durante la condena.
Billetes de euro.
Billetes de euro.
Lukasz Radziejewski de Pexels.
Billetes de euro.

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 22 meses de prisión a una agente de la Policía Municipal de Pamplona por apropiarse de los 605€ que contenía una cartera perdida que una ciudadana había entregado en las dependencias policiales.

Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida, la Audiencia ha impuesto también a la acusada, de 42 años, una inhabilitación especial para empleo como policía durante todo el tiempo de la condena. En la determinación de la pena, se le ha aplicado la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público por su condición de policía

La inculpada se encontraba el 10 de enero de 2021 vestida con el traje reglamentario en el despacho de policía administrativa, ubicado en una zona de acceso restringido en la primera planta de las dependencias de la Policía Municipal de Pamplona.

La acusada no realizó el protocolo correspondiente

Sobre las 16:10 horas, el agente encargado del control de acceso peatonal a las dependencias le pidió a la acusada que le relevara para poder ir al servicio. Fue entonces cuando, estando sola, entró una mujer para entregar una cartera que había encontrado debajo de un coche cerca de un centro médico que contenía 605€, documentación y tarjetas de crédito. 

Según la Audiencia, la agente "se apoderó para sí de la cartera" en lugar de depositarla en el junto los objetos perdidos. Asimismo, el tribunal ve considera probado que la procesada no comunicó a su compañero el objeto recibido ni llevó a cabo el protocolo a seguir en estos casos.

La agente no identificó a la mujer que entregó la cartera, ni hizo relación ni descripción del objeto depositado, ni rellenó los campos del documento existente al efecto, ni entregó copia del mismo a la ciudadana, ni confeccionó un informe interno en donde se detalla su actuación, tras lo cual se debe entregar el objeto al Jefe de Turno.

La propietaria, que había perdido la cartera el 9 de enero mientras jugaba con la nieve, fue localizada el día 11 por la mujer que la había encontrado y ésta le comunicó que la había entregado el día anterior a la Policía Municipal. Sin embargo, al ir a recogerla, le informaron que "no existía constancia de la entrega de la misma".

Encomiable ejemplo de ciudadanía

La Sección Segunda de la Audiencia asegura que la persona encausada fue la única agente que "se encontraba en el lugar señalado, entre las 16:10:37 horas y las 16:11:26 horas del día 10 de enero de 2021", correspondiendo con el lapso temporal en el que la mujer que entregó la cartera estaba en el interior de las dependencias policiales.

Asimismo, los magistrados no aprecian la concurrencia de motivo espurio alguno, como invocó la procesada al alegar una "precedente reclamación por razones de acoso laboral, sintiéndose perseguida y estigmatizada; especialmente, al haberse resuelto favorablemente un proceso penal, en el que estuvo encausada, como responsable en concepto de autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos".  

La mujer que entregó la cartera, cuyo acto ha sido calificado por la Audiencia como "encomiable ejemplo de ciudadanía", describió con precisión a la agente uniformada que la atendió. En este sentido, los magistrados subrayan que la descripción es "plenamente coincidente con los rasgos físicos de la persona encausada y también con la imagen de la persona del sexo femenino que aparece en los fotogramas, captados de las cámaras de videovigilancia". 

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