El juez advierte de que el hackeo del móvil de Sánchez con Pegasus va más allá de su intimidad y afecta a "intereses generales"

Pedro Sánchez, este sábado en su intervención.
Imagen de archivo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
EFE
Pedro Sánchez, este sábado en su intervención.

El hackeo del móvil del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con el software Pegasus no afecta únicamente a su "intimidad", sino también a los "intereses generales". Así lo considera el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga el espionaje al jefe del Ejecutivo y a los ministros de Interior y Defensa, en un auto de este lunes en el que admite la personificación de la Asociación de Juristas Europeos Prolege como acusación popular en la causa, desestimando en consecuencia el recurso en contra presentado por la Abogacía del Estado.

El argumento esgrimido por el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 consiste en que "el delito investigado no solo afecta al bien jurídico intimidad y autodeterminación informativa, sino también a los 'intereses generales'". De este modo, la infección del teléfono de Sánchez con Pegasus entre los meses de mayo y junio de 2021, detectada por los servicios de respuesta ante emergencias informáticas y puesta en manos de la Justicia un año después, constituye, según el auto, un "delito público".

Asimismo, el juez estima que el hackeo del móvil de la ministra de Defensa, Margarita Robles, investigado por el mismo órgano, "podría integrar, además, alguno de los delitos relativos al 'descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la Defensa Nacional', tipificados en los artículos 598 y siguientes del Código Penal, cuya naturaleza pública es indiscutible".

Este carácter público de los delitos, que afectan a "altos organismos de la Nación", es precisamente lo que motiva al juez a aceptar que Prolege se persone en la causa como acusación popular, para lo cual debe abonar una fianza de 10.000 euros. La Abogacía del Estado había pedido que se rechazara dicha personificación al considerarla "improcedente" porque permitiría el "acceso a todo el contenido de datos de la intimidad de los agraviados", un recurso que ahora ha sido desestimado.

En el marco de la misma causa, el magistrado ha emitido otro auto en el que entiende por ratificada "tácitamente" la petición del ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, de declarar por escrito como testigo y abre un plazo de tres días para que la Fiscalía y la Abogacía del Estado presenten las preguntas pertinentes. Una vez recibidas, estas serán estudiadas antes de remitirlas al ministro a fin de que las conteste también por escrito.

La declaración de Bolaños estaba prevista para este martes a las nueve de la mañana. Sin embargo, el ministro prefirió acogerse al artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual puede "informar por escrito de los hechos sobre los que tenga conocimiento por razón de su cargo". El juez considera esta petición ratificada "tácitamente", puesto que no ha obtenido respuesta a su propuesta alternativa de testificar mediante videoconferencia.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento