Qué pensionistas podrán solicitar una de las 820.000 plazas para los viajes del Imserso a partir del 1 de julio

Playa de Levante en Benidorm
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Playa de Levante en Benidorm

Arranca la nueva temporada del Programa de Turismo Social 2022-2023, los conocidos como viajes del Imserso, que se llevará a cabo entre octubre de 2022 y junio de 2023. La oferta inicial será de 820.000 plazas, según han informado desde la institución, y se espera que esta campaña reciba multitud de solicitudes tras dos años marcados por la pandemia del coronavirus. 

El plazo para la inscripción en este programa se abrirá el próximo 1 de julio y a finales de junio, la convocatoria oficial se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Por ello, las cerca de cuatro millones de personas que figuran como posibles beneficiarias del Imserso, comenzarán a recibir en la dirección postal indicada, el comunicado informativo del comienzo de esta nueva temporada.

¿Cuáles son los requisitos de acceso?

Los precios que abonan las personas beneficiarias del programa para esta próxima temporada no aumentarán y se mantendrán como hasta ahora. Será en el mes de septiembre, cuando el programa comience a enviar las cartas correspondientes con la acreditación a las personas beneficiarias. Este mismo mes, durante la segunda quincena, también se abrirá el proceso de comercialización de los viajes, coincidiendo con el inicio de la temporada baja.  

¿Y qué requisitos hay que cumplir para acceder a este programa? Como recoge la Orden 926/2018, de 10 de septiembre, estas son las condiciones de acceso:

Residentes en España y que reúnan alguno de estos requisitos:

  • Ser pensionista de jubilación.
  • Ser pensionista de viudedad con 55 o más años de edad.
  • Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  • Estar asegurado o ser beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con 65 cumplidos o más años de edad.
  • Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.

Los españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa también podrán acceder al mismo.

En este sentido, las personas usuarias "podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión", explica la institución. 

Del mismo modo, los beneficiarios podrán ir acompañados de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, "siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual".

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