El Alto Tribunal catalán no anula por ahora la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona a la espera de los recursos al Supremo

  • El tribunal dictó sentencia para suprimirla pero el fallo no es firme y no se ha aplicado todavía. 
Control de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del ámbito de las Rondas de Barcelona.
Control de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del ámbito de las Rondas de Barcelona.
Sergio Ramos Ladevesasergi@themetalcircus.com
Control de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del ámbito de las Rondas de Barcelona.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado aplicar por ahora la sentencia que anula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona porque el Ayuntamiento todavía tiene tiempo para recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo (TS).

En una providencia, el tribunal recuerda que la ejecución provisional de una sentencia que todavía no es firme --como pidió la Asociación Plataforma de Afectados por las Restricciones Circulatorias-- solo se puede pedir una vez terminado el plazo para presentar posibles recursos.

Sin embargo, la asociación pidió aplicar la sentencia antes de que acabara el plazo para recurrir al Supremo y cuando el Ayuntamiento todavía no había presentado el recurso, aunque el consistorio sí anunció que estudiaba hacerlo.

De esta manera, el tribunal rechaza de entrada la petición, sin valorar argumentos, por un tecnicismo en el procedimiento.

En marzo, el TSJC estimó seis recursos que presentaron 10 colectivos diferentes para anular la ZBE, por falta de "informes que avalen algunas restricciones, exceso del ámbito geográfico de implantación y demasiada restricción del tipo de vehículos afectados".

La sentencia de marzo todavía no es firme --puede recurrirse al Supremo-- y no se aplicó inmediatamente porque, además, los denunciantes no pidieron en sus recursos la suspensión cautelar de la ordenanza que la regula. 

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