En concreto, CGT, a través de un comunicado recogido por Europa Press, indica que dichas denuncias deben encauzarse exclusivamente a través de los jefes de Servicio Territorial correspondiente, limitando la potestad de los agentes a ponerlo directamente en conocimiento de la autoridad judicial, tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Esto, a su juicio, supone un "filtro" limitativo, que no contempla dicha Ley, y que dejaría en manos de la discrecionalidad de una autoridad administrativa la tramitación de denuncias de ámbito penal.
Entiende el sindicato todavía más grave la prohibición expresa de interponer denuncia sobre "infracciones de normas cuya vigilancia y control no les esté expresamente encomendado". Esto, entienden, choca frontalmente, de nuevo, contra la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puesto que la denuncia de hechos de los que se tenga conocimiento es obligatoria por parte de cualquier ciudadano, y no puede limitarse la misma por parte de ninguna autoridad administrativa.
"Aun cuando se estén desarrollando funciones distintas a las infracciones detectadas, existe la obligación de denunciar dichas infracciones. Esto sería extensivo a infracciones administrativas, ya que existe la obligación de ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes", advierten desde CGT.
Por ello, el sindicato estima que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se ha extralimitado de sus funciones, pudiendo incluso haber incurrido el órgano responsable en responsabilidad por obstrucción a la justicia.
Por lo tanto, CGT exige la retirada y anulación inmediata de dicha Instrucción, reservándose la interposición de las acciones que correspondan en caso de que dicha Consejería no rectifique.
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