Sancionan a un sargento de la Guardia Civil que orinó en la cuneta después de multar a un hombre por hacer lo mismo

  • Es "una falta de respeto hacia el ciudadano", ha dicho el Tribunal Supremo
Imagen de archivo de la Guardia Civil
Imagen de archivo de la Guardia Civil
Europa Press
Imagen de archivo de la Guardia Civil

El Tribunal Supremo considera correcta la sanción impuesta a un sargento de la Guardia Civil que multó a un conductor que orinaba en una cuneta y que después hizo lo mismo: "No puede estimarse más que como una desconsideración al ciudadano".

La Sala de lo Militar del alto tribunal ha resuelto esta peculiar situación en la que se vieron envueltos una pareja de guardias de tráfico y un conductor en una carretera de Extremadura en septiembre del año pasado. Todo comenzó cuando los dos guardias civiles vieron un coche aparcado en el arcén del carril de incorporación a la autovía y observaron a una persona miccionando cerca el vehículo.

Cuando se acercaron, el conductor les dijo que había parado un par de minutos para orinar y la pareja le comunicó que le iban a denunciar: había creado una situación de peligro al dejar el coche en el arcén sin ningún tipo de señalización y "sin causa suficiente que justificase la emergencia, máxime, cuando doscientos metros más atrás había un área de servicio en la que podía haber parado".

El guardia civil cometió la misma infracción que el conductor

Tras cobrar la multa y emitir un justificante, el sargento le dijo al compañero que se iba a ausentar, bajó por la cuneta y "alejado unos metros del lugar de los hechos tras de unos matorrales, se puso a orinar". El conductor sancionado seguía ahí y se quejó. Con razón, según el Supremo.

El sargento fue castigado con la pérdida de dos días de haberes con suspensión de funciones como autor de una falta leve prevista en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, que sanciona "la desobediencia o incorrección con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos en el ejercicio de las funciones".

El sargento ha llegado hasta el supremo

El guardia, disconforme, ha llegado hasta el Supremo, pero este tribunal ha confirmado la sanción que se le impuso: "no hay duda que sancionar al conductor por un hecho, ir a miccionar, que el mismo realiza a su presencia, bajando por la cuneta y alejándose unos metros, no puede estimarse más que como una desconsideración hacia el ciudadano".

"Desde luego, no es considerado denunciarle por un hecho y recriminarle por no haber ido a la cercana área de servicio, y luego realizar él el mismo hecho", insisten los magistrados, convencidos de que se trata de "una falta de respeto hacia el ciudadano, sin perjuicio de su calificación de leve"

Mostrar comentarios

Códigos Descuento