El Supremo certifica la multa de la Junta Electoral a Sánchez por usar la Moncloa para una entrevista en plena campaña

Ferreras y Sánchez
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AGENCIAS
Ferreras y Sánchez

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra una multa de 500 euros que le impuso la Junta Electoral Central (JEC) por hacer un uso electoralista del Palacio de la Moncloa y. por tanto, incumplir su deber de neutralidad como cargo público.

El quebrantamiento de este principio, recogido en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se produjo el 25 de octubre de 2019, en plena campaña electoral que acabaría aupando al PSOE a la presidencia del Gobierno tras lograr 120 escaños. En aquella fecha Pedro Sánchez concedió una entrevista al programa Al rojo vivo de La Sexta que se celebró en el Palacio de la Moncloa y posteriormente fue difundida por los canales oficiales del Gobierno en internet.

En su sentencia, el Alto Tribunal recuerda que ya se había advertido previamente a todos los miembros del Gobierno de que se cuidaran de no quebrantar su deber de neutralidad como cargos públicos, un principio que, el Supremo considera "un axioma esencial de nuestro ordenamiento jurídico".

La Junta Electoral explicó en su resolución de enero que el hecho de que la entrevista se realizara en la Moncloa no constituía per se una vulneración de este principio, pero entendió que "la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elementos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes en las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas".

Asimismo, la JEC destacó que subir la transcripción de la entrevista a la página Institucional de Presidencia de Gobierno Lamoncloa.es evidenció la utilización de una página pública oficial para la difusión de manifestaciones de contenido electoralista.

La decisión del Supremo es la segunda de esta índole en contra de un miembro del Gobierno que se produce en menos de una semana. El pasado martes, también la Sala III ratificó una multa de 2.200 euros a la entonces ministra portavoz, Isabel Celaá, por pronunciar un alegato electoralista en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. 

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