Se mantienen los mismos requisitos que en la convocatoria de 2020; y el hecho de haber sido beneficiario el año pasado no excluye de poder concurrir a la ayuda en este 2021 "siempre que las razones y los requisitos y los ítems persistan", ha destacado en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno de la Junta la portavoz del Ejecutivo extremeño, Isabel Gil Rosiña.
Además, el hecho de ser beneficiario de esta ayuda al pago de alquiler con motivo de la Covid-19 "no es incompatible con acceder, solicitar y ser beneficiario de otras de las muchas ayudas que en materia de vivienda tiene la Junta de Extremadura en marcha en el Plan de Vivienda" en sus distintas medidas y fuentes de financiación, ha añadido Gil Rosiña.
En concreto, este programa, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, tiene como objetivo la concesión de ayudas al alquiler a las personas que, como consecuencia del impacto económico y social del Covid-19, se hallen en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida y, por ello, acrediten tener problemas transitorios para atender el pago parcial o total del alquiler, o bien para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el Real Decreto ley 11/2020.
La cuantía de la ayuda será equivalente al 100 % de la renta mensual que deban satisfacer las personas beneficiarias por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 600 euros, hayan o no accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto ley 11/2020, de 31 de marzo.
La ayuda se concederá por un plazo máximo de seis meses, durante las mensualidades que van desde octubre de 2020 hasta junio de 2021, ambas incluidas.
Entre otras obligaciones, las personas beneficiarias deberán tener la vivienda arrendada como residencia habitual y permanente durante las mensualidades a que se refiera la renta subvencionada, así como estar al corriente en el pago periódico de la renta de alquiler y comunicar al órgano directivo competente en materia de vivienda cualquier modificación de las condiciones o requisitos que motiven, o hubieran motivado, el reconocimiento de la ayuda, en el plazo de quince días hábiles.
BENEFICIARIOS EN 2020
Finalmente, la portavoz de la Junta ha recordado que el año pasado la Administración regional aprobó un programa extraordinario de ayudas para hacer frente al pago de alquiler de extremeños que habían visto "muy desmejorados" su situación de forma "sobrevenida" por las "muchas consecuencias" de la pandemia de la Covid-19.
Esas ayudas en 2020 contaron con más de 800 beneficiarios, con una media de subvención de 1.600 euros, lo que supuso una inversión de 1,3 millones de euros.
"La pandemia no se ha ido y por tanto las consecuencias colaterales de la misma en todos los órdenes de la vida tampoco, y hace necesario que la Junta de Extremadura hoy convoque de nuevo estas subvenciones para acompañar a los extremeños y a las extremeñas en el pago del alquiler a aquellos en los que todavía persisten las condiciones de dificultad económica provocada por la Covid-19", ha dicho.
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