Las bases de estas subvenciones, que ya pueden solicitarse, establecen que los destinatarios son emprendedores o empresarios que abran un establecimiento, tanto por una nueva instalación como por un traslado, amplíen o modifiquen una actividad existente, o realicen un cambio de titularidad de la actividad. En todos los supuestos, losdestinatarios deben acreditar haber iniciado la actividad o realizado la ampliación de la existente entre el 6 de mayo de 2020 y la fecha de la solicitud de esta ayuda.
Las ayudas se concederán por concurrencia competitiva y son compatibles con las recibidas de otras administraciones públicas. Su cuantía variará en función del número de solicitudes presentadas y de la inversión realizada por el beneficiario de la subvención. El plazo para presentar las solicitudes, que deben formalizarse a través dela sede electrónica de
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