A FONDO | ¿Es constitucional que te multen hasta con 600.000 euros por no vacunarte contra la Covid?

Agentes de la Policía Municipal se vacunan en San Sebastián.
Agentes de la Policía Municipal se vacunan en San Sebastián.
Juan Herrero / EFE
Agentes de la Policía Municipal se vacunan en San Sebastián.

Aunque en estos dos meses ya se han dado algunos casos en España de vacunación forzosa contra la Covid, Galicia se convirtió la semana pasada en la primera comunidad autónoma que incluyó en su ordenamiento jurídico imponer multas, que pueden llegar hasta los 600.000 euros, a quienes se nieguen a ponerse la vacuna contra la Covid. 

La medida abrió de nuevo el debate sobre si la vacunación debe o no ser obligatoria en España. La misma estrategia de vacunación aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez señala que su administración es, de momento, voluntaria.

Vacuna voluntaria vs forzosa

Federico de Montalvo, profesor de Derecho de la Universidad Comillas ICADE y presidente del Comité de Bioética, es uno de los expertos que asesoran al Gobierno en el diseño de esa estrategia de vacunación. Señala a 20minutos que en ese grupo se discutió si era conveniente y legal imponer la vacunación forzosa contra la Covid.

"Todos creíamos, y el tiempo nos ha dado la razón por ahora, que la vacunación ha tenido éxito por ella misma, sin necesidad de obligar a nadie a vacunarse", indica. "Aceptando la insolidaridad de algunos, se puede conseguir acabar con la pandemia con la inmunidad de grupo".

El debate no es nuevo y hace cinco años el Comité de Bioética hizo un informe, motivado por el auge del movimiento antivacunas y la tendencia a la baja en las tasas de vacunación de algunas enfermedades que se consideraban desaparecidas, Los expertos concluyeron que ética y legalmente sí cabía en España imponer la vacunación obligatoria en un contexto de epidemia, siempre que se cumplieran una serie de medidas y requisitos.    

De hecho, la ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, ya da cobertura legal a la vacunación forzosa. En su artículo tercero establece que "con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria (...) podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible".

Una de estas medidas de las que habla la ley, explica De Montalvo, es la vacunación.  

Choque de derechos

José Enrique Pérez Palací, abogado y profesor colaborador de los Estudios de Salud de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), señala por su parte que en la obligatoriedad de una vacuna chocan dos derechos: el de la intimidad de las personas y el derecho público a la salud.

"Cuando los dos derechos chocan, se debe mirar cuál debe prevalecer", señala. "En un caso en el que toda la sociedad puede verse abocada al contagio, con las consecuencias que puede tener a nivel social y económico, prevalece el derecho a la salud". 

"Los gobernantes sí que pueden actuar en consecuencia, y aplicar las normas que ya existen, y con ellas obligar a la vacunación", agrega.

De hecho, recuerda, hay varios antecedentes en España de inmunización colectiva forzosa. Como el de noviembre de 2010, cuando un juez de Granada autorizó la vacunación forzosa contra el sarampión de 35 niños cuyos padres se negaban de manera expresa.

"En España, la normativa vigente prevé esa obligatoriedad, lo que sucede es que los gobernantes han optado por una coacción social: si no te vacunas, se te impedirá acceder a ciertos lugares o coger ciertos transportes", comenta. "España y el resto de Europa no están optando por la obligatoriedad, más bien por la coacción social, de ahí el pasaporte sanitario que se quiere implantar".

El caso gallego: legal pero innecesario

Los parlamentos regionales, como el gallego, no pueden limitar derechos fundamentales, algo que solo se puede hacer por una ley orgánica aprobada por el Congreso de los Diputados. 

Lo que sí pueden hacer es desarrollar una regulación estatal, con lo que Galicia estaría cumpliendo con la Constitución al legislar de acuerdo con lo establecido por la ley de medidas en materia de salud pública. "No está creando una medida nueva, sino desarrollando en su territorio una medida que entienden que está en la ley de 1986", considera De Montalvo.

Sin embargo, comenzar a aplicar ahora mismo las multas sí sería inconstitucional, porque en estos momentos la vacunación obligatoria no es necesaria. La posible tasa de rechazo a la inoculación es tan baja que no impediría alcanzar el 70% de vacunados, la meta de las autoridades para lograr la inmunidad de grupo.

Es factible introducir medidas como la gallega en el ordenamiento jurídico, pero solo se deben aplicar si hay un crecimiento en el rechazo que ponga en peligro la estrategia de vacunación.

"Algo puede ser legal, adecuado, pero en determinado momento innecesario", puntualiza. "Lo que va a preguntar el juez es: ¿el rechazo de estas personas impide que se consiga el 70% de la tasa de vacunación?"

"Hoy por hoy, las tasas de rechazo son tan bajas que se puede conseguir el mismo fin, vacunar a un 70% aceptando que haya negativas", agrega.

La desventaja de las multas

Sin embargo, el experto tiene dudas sobre la validez ética de las medidas, gallegas, que en el fondo no obligan a vacunar, simplemente multan por no ponerse la vacuna.

"Por ejemplo, si yo conduzco un coche muy rápido y pongo en riesgo a los demás, no solo me sancionan, sino que me retiran el carné", señala. "Porque si sólo me sancionaran, en el fondo sería una especie de incentivo negativo. Una persona con muchos ingresos podría decir 'A mí me interesa viajar a tal velocidad pagando la multa', mientras que una persona de pocos ingresos esa sanción sí le afectaría".

Si una persona con recursos no quisiera ponerse la vacuna en Galicia, se salvaría de ello pagando. "Paga y ya está, entonces desde el punto de vista de la salud pública no se ha conseguido nada", apunta. "Se consigue recaudar dinero, pero no mitigar el riesgo".

Otro problema de estos incentivos negativos es que castigan a las personas más vulnerables. De Montalvo lo compara con los impuestos elevados a la comida basura, que acaban afectando principalmente a los de menos recursos, que son las que más consumen ese tipo de alimentos.

"Muchas de las personas que rechazan la vacuna no lo hacen porque no quieran, sino por falta de información y formación", considera. "¿Son responsables ellos de no vacunarse? ¿Al sancionarlos no estaríamos consolidando más su vulnerabilidad?"

Por ello, el presidente del comité de Bioética también se inclina más por los incentivos positivos. Como el llamado Pasaporte Covid, que se pretende instaurar en la UE y que da más facilidades a las personas que han optado por vacunarse.

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