¿Puedo pedir permiso en el trabajo para ir a votar en las elecciones en Cataluña 2021?

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Las empresas deben otorgar permisos retribuidos y no recuperables.
EUROPA PRESS
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El próximo domingo 14 de febrero de 2021 tendrán lugar las elecciones en Cataluña tras un periodo de incertidumbre y en un contexto marcado por la tercera ola de la pandemia del coronavirus

Así, los candidatos a la presidencia de la Generalitat ya han puesto en marcha su campaña electoral que, a diferencia de otros comicios, no acogerá mítines multitudinarios y se fomentarán los actos telemáticos como consecuencia de la pandemia. 

La población censada en Cataluña está llamada a acudir a las urnas en menos de dos semanas, aunque aquellas personas que no puedan o que residan en otra comunidad autónoma podrán ejercer su derecho al voto por correo, de forma presencial y telemática, hasta el 5 de febrero a las 14.00 horas.

¿Cuáles son las condiciones para solicitar el permiso?

Respecto a las personas cuya jornada laboral coincida con el día de las elecciones, el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) publicó una orden el pasado viernes 29 de enero por la que "se establecen las instrucciones necesarias para la participación de las personas trabajadoras en las elecciones al Parlamento de Cataluña el próximo 14 de febrero". 

El documento recoge que durante el día de las elecciones, las empresas tendrán que conceder a las personas trabajadoras electoras que no disfruten de día festivo en esta fecha "un permiso de hasta cuatro horas dentro de la jornada laboral que les corresponda". En todo caso, este permiso será "retribuido y no recuperable", según la normativa laboral vigente. 

Sin embargo, no será necesario conceder este permiso a quienes tengan una jornada "que coincida parcialmente con el horario de los colegios electorales", siempre que esta coincidencia sea como máximo de dos horas. Si es de más de dos horas y menos de cuatro, se concederá un permiso de dos horas.

Aquellas personas cuya jornada laboral no coincida en el horario con el de los colegios electorales, ni total ni parcialmente, no tendrán derecho a ningún permiso por parte de la empresa. En todo caso, las empresas tendrán derecho a solicitar el justificante acreditativo de haber votado, un documento que entrega la mesa electoral correspondiente

¿Hay permisos para las personas que soliciten el voto por correo?

Si se va a solicitar el voto por correo, las personas trabajadoras pueden "disfrutar de un permiso de hasta cuatro horas si realizan funciones lejos de su domicilio o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultades por ejercer el derecho al sufragio el día de las elecciones".

Este permiso, que tiene como finalidad que puedan acudir personalmente a la solicitud de la inscripción en el censo para el voto por correo, se puede disfrutar hasta el día 5 de febrero.

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