Estado de alarma en toda España: ¿Puedo viajar entre comunidades?

Agentes de la Policía Municipal de Madrid realizan controles de movilidad
La Policía Municipal de Madrid realiza controles de movilidad.
EP
Agentes de la Policía Municipal de Madrid realizan controles de movilidad
La Policía Municipal de Madrid realiza controles de movilidad.
EUROPA PRESS

Un Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado este domingo un nuevo estado de alarma para toda España. Con esta medida, que entrará en vigor en las próximas horas, el Gobierno pretende dar cobertura legal a algunas de las restricciones de derechos que los Ejecutivos autonómicos están implantando o pretenden implantar para frenar la segunda ola del coronavirus. Entre esas restricciones se encuentra el toque de queda, pero ¿qué pasa con la movilidad entre comunidades?

El nuevo decreto de estado de alarma, el cuarto de la democracia, fija un toque de queda obligatorio para todo el país, excepto Canarias, por los buenos datos epidemiológicos del archipiélago. Este confinamiento nocturno estará en vigor entre las 23.00 y las 6.00 horas, aunque las comunidades tendrán la potestad de retrasar o adelantar su activación una hora respecto a esa franja. Así lo ha anunciado el presidente, Pedro Sánchez, en la rueda de prensa celebrada tras la reunión del gabinete. 

Sánchez, que ha pedido a los ciudadanos que limiten al máximo los movimientos y permanezcan en casa el mayor tiempo posible, ha aclarado que los traslados entre comunidades, salvo causas justificadas, también dependerán de las decisiones que tomen los Gobiernos regionales. De esta forma, la potestad de confinar perimetralmente o no los territorios recae sobre los presidentes autonómicos. Entre las causas justificadas por las que se permitirían los desplazamientos de una comunidad a otra se podrían establecer motivos laborales, médicos, educativos, trámites administrativos o el cuidado de niños o personas mayores. 

Ante las dudas surgidas sobre este asunto por la forma en la que queda redactado el real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Moncloa ha aclarado que las medidas previstas en el artículo 6, el que hace referencia a la limitación de entrada y salida de las comunidades o de ámbitos territoriales geográficamente inferiores, no serán efectivas este 25 de octubre con la entrada en vigor del estado de alarma, sino que lo serán cuando lo decida el presidente de cada comunidad. Esta decisión deberá adoptarse teniendo en cuenta la evolución de los indicadores epidemiológicos y previa comunicación al Ministerio de Sanidad, conforme recoge el artículo 9.

Lo mismo ocurre con el artículo 7, el que restringe las agrupaciones de personas en la calle o en el domicilio, y el artículo 8, que limita la permanencia en lugares de culto.

Por el momento, ya hay zonas y localidades de las que no se puede salir ni entrar en numerosas comunidades, como Castilla y León, Aragón, Galicia, Extremadura, Asturias, Andalucía o Madrid. Pero hasta el momento solo Navarra y La Rioja tienen decretado el confinamiento perimetral de todo su territorio. Una medida que se aplica desde finales de la semana pasada y por un plazo inicial de 15 días. Habrá que esperar a ver si, tras el decreto del estado de alarma, el resto siguen el mismo camino.

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