Estoy cobrando el paro y estoy en situación de maternidad o paternidad, ¿qué debo hacer?

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El paro queda suspendido al solicitar la baja por maternidad o paternidad.
EUROPA PRESS
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Si te encuentras recibiendo actualmente la prestación contributiva por desempleo y necesitas pasar a una situación de baja por maternidad o paternidad para recibir la correspondiente prestación por nacimiento y cuidado del menor, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica cómo debe formalizarse esta solicitud.

En primer lugar, se tiene que solicitar la suspensión de la prestación por desempleo para poder percibir el cobro de la asignada a la baja por maternidad o paternidad. Para ello, existen dos opciones:

  • A través de la sede electrónica del SEPE a la que puedes acceder en este enlace.
  • En la oficina de prestaciones correspondiente a su domicilio. En este caso, deberás haber solicitado cita previamente a través de la web o en los teléfonos de contacto habilitados. 

¿Qué hacer cuando finalice la baja por maternidad o paternidad?

La prestación por desempleo queda suspendida en el momento de solicitar la asignación económica por nacimiento o cuidado del menor, por lo que los días no se agotan, tal y como indica el SEPE. Así, podrás reanudar el paro y recibir el mismo importe durante los días que quedaran antes de suspenderlo.

En este caso deberás solicitar la baja de la prestación por maternidad o paternidad junto a unos determinados documentos:

  • Maternidad: libro de familia o documento que acredite la adopción o acogimiento. También es válido el informe de maternidad o cualquier documento que acredite esta situación.
  • Paternidad: libro de familia o documento que acredite la adopción o el acogimiento.

Una vez comunicada la baja y con la copia de la solicitud presentada deberá acudir a la oficina correspondiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Después, al finalizar el periodo de maternidad o paternidad y haber solicitado la reanudación de la demanda de empleo, el plazo para solicitar la reactivación del paro suspendido es de 15 días.

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