ErNE exige a los ayuntamientos que doten a los policías interinos de arma de fuego y se les instruya en su manejo

El sindicato ErNE ha exigido a los ayuntamientos que doten a los policías interinos de arma de fuego y se les instruya en su manejo, así como que no existan diferencias retributivas respecto a los agentes de plantilla".
Bilbao 15-02-2017 Reportaje Area de Seguridad Ayuntamiento de Bilbao. Policías municipales patrullando por las calles del centro de Bilbao junto al Museo Guggenheim ©MITXI
Bilbao 15-02-2017 Reportaje Area de Seguridad Ayuntamiento de Bilbao. Policías municipales patrullando por las calles del centro de Bilbao junto al Museo Guggenheim ©MITXI
MITXI
Bilbao 15-02-2017 Reportaje Area de Seguridad Ayuntamiento de Bilbao. Policías municipales patrullando por las calles del centro de Bilbao junto al Museo Guggenheim ©MITXI

En un comunicado, el sindicato ha recordado que, en 2019, el Tribunal Constitucional "zanjó el debate sobre la interinidad en la policía ydictaminó que los policías locales interinos son agentes de la autoridad, y por lo tanto, sus funciones, derechos y responsabilidades son las mismas que las de los policías funcionarios de carrera".

Según ha señalado, este dictamen "lleva inevitablemente a poner sobre la mesa las contrataciones de policías interinos que los diferentes ayuntamientos están realizando para reforzar sus plantillas de cara al verano".

ErNE ha defendido que, "si los interinos son policías a todos los efectos, las funciones que pueden realizar son las mismas que las del resto de policías, sin que pueda haber tampoco diferencias retributivas".

DOTACIÓN

Por ello, ha señalado que los ayuntamientos "tienen que asumir necesariamente que la dotación personal que deben facilitar a los policías interinos debe ser la misma que la de un funcionario de carrera, incluyendo el arma de fuego", porque "no puede entenderse que, estando obligados a enfrentarse a los mismos riesgos y cobrando lo mismo, no se les dote de las mismas herramientas".

"Lo decimos nosotros, pero también la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que en sentencia de 2 marzo 2020, concluyó que un policía local interino realiza las mismas funciones que los policías de carrera y con las mismas facultades, por lo que noexiste restricción alguna en relación con el uso de armas de fuego", ha remarcado.

Tras preguntar si "alguien entendería que a un bombero interino no se le diera casco o ropa ignífuga", ErNE ha reiterado su exigencia a los ayuntamientos para que doten a los policías interinos de arma de fuego y se les instruya en su manejo.

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