Documentación necesaria para sacar el DNI a un niño

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A partir de los 14 años, es obligatorio que todos los españoles residentes en España obtengan el DNI, al igual que para aquellos que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por un periodo superior a seis meses. 

Sin embargo, el DNI puede obtenerse para niños desde cualquier edad si fuera conveniente por cualquier motivo, aunque el periodo de validez del mismo es inferior. Caducará a los dos años, cuando el solicitante no haya cumplido los cinco años de edad.

¿Qué documentación es necesaria?

Para expedir el DNI a un niño por primera vez es necesario acudir de forma física a un Equipo de Expedición del DNI, para lo que hay que pedir cita previa a través del teeléfono 060 o por Internet en este enlace

Para la primera inscripción en el caso de los menores, el niño debe comparecer en el citado Equipo acompañado de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas si es menor de 14 años o incapacitado.

Además, para poder expedir el DNI por primera vez y según indica el Ministerio del Interior, habrá que presentar la siguiente documentación: 

  1. Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española. Solo serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses y con mención expresa de que se expide para obtener el DNI.
  2. Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin cualquier prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  3. Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses.
  4. En aquellos casos en los que se realice la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posea Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste número de identificación de extranjero (NIE), deberá aportarlo, como requisito indispensable, en el momento de la tramitación del DNI.

En caso de que, por circunstancias ajenas al solicitante, no pudiera ser presentado alguno de los documentos anteriores, y siempre que se acrediten por otros medios suficientes los datos requeridos, se le podrá expedir un DNI con la validez de un año.

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