En la provincia de Sevilla, los ERTE derivados de las restricciones del estado de alarma decretado por la propagación del coronavirus Covid-19 han tenido especial incidencia en el sector de los establecimientos de bebidas, con 14.275 trabajadores afectados; la hostelería, con 10.610 y la venta de artículos en establecimientos especializados (como zapaterías, venta de ropa y artículos de moda, floristerías, perfumerías), así como de venta de otros artículos domésticos de uso doméstico (como ferreterías, venta de aparatos electrodomésticos y de muebles).
Los ERTE de estos dos últimos sectores dejarán temporalmente en desempleo a 6.776 trabajadores. Le siguen el conocido como otra educación (escuelas culturales, deportivas o autoescuelas), con 3.426 afectados, las actividades médicas y de odontología, con 3.405, hoteles y alojamientos con 10.610, las actividades deportivas, con 2.469, la venta de vehículos, 2.199 y las instalaciones en obras con 2.150 afectados.
Al acogerse a un ERTE, las empresas quedan exoneradas del abono de las cuotas empresariales, así como de las cuotas por conceptos de recaudación conjunta, siempre que la empresa tenga menos de 50 trabajadores, o del 75% si tiene 50 empleados o más en plantilla.
Por su parte, los trabajadores afectados por las regulaciones temporales de empleo pueden acogerse durante el periodo a prestaciones por desempleo, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo, y sin que compute este cobro a los efectos de consumir los períodos máximos de prestación legalmente establecidos. Igualmente, el periodo de suspensión computa como periodo cotizado a la Seguridad Social.
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