El Gobierno permite contratar cuidadores sin titulación en residencias y domicilios mientras dure la crisis del coronavirus

Una mujer cuidadora atiende a un anciano
Una mujer cuidadora atiende a un anciano
CRUZ ROJA - Archivo
Una mujer cuidadora atiende a un anciano

El Gobierno ha autorizado a contratar cuidadoras y cuidadores de personas dependientes sin titulación "por razones de urgencia y deforma temporal" mientras dure la crisis del Covid-19, a petición del consejo interterritorial de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia

El Boletín Oficial del Estado de este miércoles recoge el cambio sobre un acuerdo de 2008 que exigía la titulación. El objetivo es "flexibilizar la acreditación y funcionamiento de los servicios".

"Ante la situación de pandemia derivada del COVID-19 y por razones de urgencia y de forma temporal, la modificación que ahora se propone pretende flexibilizar la acreditación y funcionamiento de los servicios de atención a la dependencia mientras persista la situación de crisis COVID-19", se lee en el BOE.

En el nuevo "régimen provisional y excepcional ante la situación de pandemia derivada del Covid-19" cuando se acredite "la no existencia de demandantes de empleo con las titulaciones específicas necesarias" en la zona, centro o institución social, o bien donde se preste asistencia personal o labores de auxiliar de ayuda a domicilio "podrán desempeñar estas funciones  personas que tengan alguna de las titulaciones para cualquiera de ellas". 

Pero, "si tampoco hubiera disponibilidad de demandantes de empleo con ninguna de las podrán desempeñar estas funciones personas que, careciendo de titulación, preferentemente, tengan experiencia en cuidado y atención de personas dependientes, debiendo las entidades prestadoras de servicios garantizar la supervisión y formación práctica en el puesto de trabajo para mejorar sus competencias profesionales".

Este régimen excepcional estará vigente por un plazo inicial de tres meses a partir de su publicación, pudiendo ser prorrogado por nuevo acuerdo del Consejo Territorial por sucesivos periodos de tres meses o inferiores en función de las necesidades.

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