La defensa de Riopedre había solicitado que se le devolvieran esos 100.000 euros. Fue el dinero que sirvió para sacarle de la cárcel cuando había sido detenido y estaba en prisión provisional en marzo de 2011. El capital había sido reunido por un colectivo que se autodenominaba 'amigos de Riopedre'. El exconsejero, que tiene que hacer frente a una fuerte multa, argumento que ese dinero no era suyo y que por tanto no podía ser embargado.
Sin embargo, la Audiencia Provincial niega la mayor en sus razonamientos jurídicos del decreto de este viernes. "No se observan motivos racionales para entender que el dinero de la fianza, cuando se ingresó, perteneciera a persona distinta del penado", señalan.
Es más, añaden que incluso en el caso de que el dinero venga de aportaciones de numerosas personas, esas sumas han de considerarse como "préstamos" que esos terceros hicieron a Riopedre.
De hecho, señala la Audiencia que en la mayoría de los resguardos de trasnferencia correspondientes a tales ingresos (en una cuenta bancaria) consta que son en concepto de préstamo. "El nombre de la cuenta bancaria no puede ser más clarificador: préstamo fianza D. José Luis Iglesias Riopedre", remata la Audiencia.
Así, concluye que si son préstamos, el dinero pasó a ser propiedad de Riopedre, razón por la que, una vez cancelada la fianza, procede su embargo para hacer efectivo el importe de la multa que no ha pagado. El decreto, no obstante, puede ser aún recurrido.
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