Ryanair se niega a cambiar su política de equipaje pese a que le sentencia del juez habla de suplementos "abusivos"

Pasajera, esperando en un mostrador de facturación de Ryanair.
Pasajera, esperando en un mostrador de facturación de Ryanair.
Jorge París
Pasajera, esperando en un mostrador de facturación de Ryanair.

La aerolínea Ryanair, la reina del low-cost en Europa, tendrá que modificar su política de equipajes después de que el juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid haya declarado "abusivo" el suplemento que cobra a los pasajeros con tarifa no prioritaria –la más económica– que viajan con un bolso personal y una maleta de mano.

La compañía irlandesa solo permite a estos pasajeros subir al avión con "una pieza de equipaje pequeña", pero la juez ha determinado que el bolso, un suplemento que habitualmente suelen llevar casi todas las mujeres, es una accesorio personal y en ningún caso puede ser considerado como equipaje.

Eso es lo que le ocurrió a una pasajera de un vuelo Madrid-Bruselas el pasado 25 de enero, pues al intentar acceder al avión con una maleta de mano incluida en su tarifa no prioritaria, la tripulación le obligó a abonar en la puerta de embarque un suplemento de 20 euros por llevar también su bolso personal. 

No conforme con ese recargo extraordinario, la pasajera decidió denunciar y ahora la Justicia le ha dado la razón, al menos en parte. 

La juez obliga a Ryanair a devolverle los 20 euros cobrados indebidamente, más lo intereses de demora, pero rechaza, sin embargo, que tenga que abonarle una indemnización de 10 euros adicionales en concepto de daños morales, tal y como reclamaba en su denuncia. 

Aunque entiende que la demandante "sufrió rabia e impotencia al tener que asumir un coste que inicialmente no tenía previsto y ver que la maleta que quería llevar consigo en cabina iba a bodega", sostiene que ese malestar "no es suficiente como para ser resarcida".

Una práctica "abusiva"

20 euros es, sin duda, una cantidad insignificante para la aerolínea que más pasajeros transporta en Europa, pero lo más importante del fallo es que especifica que Ryanair incurrió en una conducta "abusiva" al aplicar dicho suplemento y le exige suprimir esa cláusula de su política de equipajes –debe ser "desterrada", dice la sentencia– porque cercena "los derechos que el pasajero tiene reconocidos" por la Ley Nacional del Transporte y genera "un grave desequilibrio de prestaciones" que perjudica al consumidor.

La titular del juzgado pide a la compañía aérea que distinga entre "el simple bolso de escasas dimensiones" que no puede considerarse como un bulto porque "se puede ubicar perfectamente en la parte inferior del asiento delantero", y las "maletas o mochilas en cuyo interior se lleva ropa y demás enseres personales".

Recuerda, además, que la actuación de Ryanair en este caso "no está amparada" por la normativa europea sobre prestación de servicios aéreos. La sentencia, conocida este miércoles, fue dictada hace unas semanas y ya es firme al no haber recurrido ninguna de las partes.

Ryanair no piensa cambiar

A pesar de la condena, Ryanair aseguró este miércoles que su política de equipaje no se verá afectada "ni en el pasado ni en casos futuros" por la sentencia, que, a su juicio, "se refiere a un caso concreto" y "malinterpreta" su "libertad comercial para determinar el tamaño del equipaje de cabina".

La aerolínea hace mención a una sentencia del Tribunal Regional de Lacio (Italia), que recientemente ha fallado en contra de la Autoridad Italiana de Competencia, y ha declarado que la política de la aerolínea es transparente y se ajusta plenamente a la legislación de la Unión Europea.

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