La vista oral del caso iba a celebrarse la semana pasada, sin embargo, antes del comienzo de la misma, el Ministerio Fiscal y la defensa llegaron a un acuerdo tras el relato de los hechos, que se remontan al otoño del pasado 2018.
Entonces, el acusado, que carece de antecedentes penales, se acercó a mediodía a una niña en las inmediaciones del bar y le puso una de sus manos en la bragueta. Poco después, se llevó a la niña a una zona cercana y colocó de nuevo su mano sobre los genitales, sobre la ropa, mientras se movía para atrás y para delante con el fin de satisfacer sus deseos sexuales.
Probados esos hechos, y con el diagnóstico citado, la Audiencia Provincial ha resuelto absolver al acusado, al que se ha impuesto la prohibición de acercamiento a menos de 30 metros de la niña y de su madre y la de cualquier comunicación con ellas. Del mismo modo, y durante un periodo de tres años, el acusado se someterá a libertad vigilada. Además, deberá seguir tratamiento médico psiquiátrico externo y someterse a controles periódicos.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará con 1.000 euros a la menor, en la persona de su representante legal, su madre. El acusado también deberá hacer frente a las costas del procedimiento.
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