La Fiscalía no recurrirá las absoluciones de las participantes en la "procesión del coño insumiso"

  • En el juicio, el Ministerio Público pedía multas de 3.000 euros para las acusadas.
Un momento de la manifestación del 'coño insumiso' del 1 de mayo de 2014 en Sevilla.
Un momento de la manifestación del 'coño insumiso' del 1 de mayo de 2014 en Sevilla.
@MiguelMontenegr5 | TWITTER
Un momento de la manifestación del 'coño insumiso' del 1 de mayo de 2014 en Sevilla.

La Fiscalía sevillana no recurrirá la absolución de las mujeres enjuiciadas por su participación en la "procesión del coño insumiso", en la que portaron una vagina de látex de grandes dimensiones, una sentencia que se basó en que su intención no era ofender los sentimientos religiosos.

Según fuentes del Ministerio Público, la fiscal del caso está conforme con el fallo, a pesar de que en el juicio solicitaba una multa de 3.000 euros para las acusadas por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos.

La Asociación de Abogados Cristianos, que ejerció la acusación particular y pidió para cada acusada un año de cárcel y una multa de 3.600 euros, ya anunció el mismo día de la vista, el pasado 3 de octubre, que sí recurriría la sentencia ante la Audiencia Provincial de Sevilla.

En su sentencia, el juez de lo Penal absolvió a las acusadas "aún no compartiendo las formas ni el modo de encauzar sus legítimas protestas".

El magistrado David Candilejo expuso como hechos probados que la vagina de látex portada el 1 de mayo de 2014 representaba a la virgen María y que las participantes "efectuaron varias proclamas" como "la virgen María también abortaría" o "vamos a quemar la Conferencia Episcopal", aunque este último no se pudo imputar a ninguna persona.

También recordó que en aquellas fechas "existía un intenso debate social sobre el contenido del proyecto sobre la reforma de la regulación del aborto".

Según la sentencia, las acusadas "participaron en una actividad de protesta que puede gustar o no, que puede ser considerada como una mamarrachada o no, que puede ser compartida o no, pero dicha actividad, completamiente prescindible y gratuita en sus formas, tenía igualmente una finalidad concreta", la "protesta incardinada (...) en el intenso debate social" dobre aquella reforma de la ley del aborto.

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