Condenan a un matrimonio a dos años por estafar a una minusválida psíquica

  • Le pidieron su piso como aval para sufragar unas deudas.
  • Las deudas sobrepasaban los 77.000 euros.
  • CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE PONTEVEDRA
La Audiencia de Pontevedra ha condenado esta mañana a un matrimonio del barrio pontevedrés de Monte Porreiro a
dos años de cárcel y una indemnización de
28.500€, por
estafar a una vecina con
minusvalía psíquica a quien le pidieron su
piso como aval para sufragar unas deudas, sin cubrir luego el pago.

El matrimonio aseguró, en el juicio, que no habían tenido intención de dañar a esta persona, aunque el tribunal considera que sí se aprovecharon de la buena fe de esta vecina. Los hechos tuvieron lugar en 2002, cuando el matrimonio atravesaba importantes dificultades económicas en relación con una entidad financiera.

Para hacer frente a estas deudas, que sobrepasaban los 77.000 euros, negociaron con el banco, y ante la petición de nuevas garantías hipotecarias "idearon unir a las suyas las que podía ofrecer su vecina y amiga". Le contaron que si no les ayudaba perderían el piso. La víctima, con una minusvalía psíquica del 47%, accedió voluntariamente a ir de avalista.

Según explicaron los psicólogos en el juicio, esta minusvalía provoca un trastorno de la personalidad en la víctima, lo que genera una inmadurez que le ha llevado a permanecer en Centros de Educación Especial hasta los 29 años y que le provoca una búsqueda constante de cariño, "lo que la hace ser altamente sugestionable y excesivamente confiada".

Al cabo de un tiempo, como subraya la sentencia, los acusados dejaron de cumplir su obligación de pago y comenzaron a llegarle a la víctima comunicaciones de la entidad bancaria, "que esta mujer no entendía y que le llevaba a los acusados, diciéndole la pareja acusada que no se preocupara y que no contara nada a nadie", lo que fue agravando la situación económica de esta persona.

No está tipificado

Según explica el documento judicial, en el Derecho español no existe un tipo específico que sancione penalmente las conductas consistentes en abuso o aprovechamiento del déficit intelectivo de incapaces, con resultado de perjuicio patrimonial, "aunque no queda excluida la posibilidad de la estafa, pues precisamente las condiciones mentales del sujeto pasivo son relevantes, a los efectos de establecer la idoneidad del engaño".

El engaño, según el juez, consistió, en este caso, en ocultarle información a la víctima y "en no explicarle, de forma pormenorizada, asequible y comprensible para ella, qué era lo que iba a realizar y qué alcance y trascendencia tendría para ella, aprovechándose de la relación de amistad y confianza que aquella tenía con los acusados".

CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE PONTEVEDRA

Mostrar comentarios

Códigos Descuento