La DGT deja sin pegatina medioambiental a coches a los que sí les corresponde

El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.
El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.
JORGE PARÍS
El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reconocido que puede haber vehículos anteriores a 2006 que sí cumplen las condiciones para tener la pegatina medioambiental, imprescindible para circular por dentro de la M-30 con el nuevo escenario 2 de contaminación establecido por el Ayuntamiento de Madrid.

El motivo reside, según han explicado fuentes de la DGT a la Cadena Ser, en que antes de 2009 los fabricantes de coches enviaban por procedimientos manuales las especificaciones técnicas y los parámetros medioambientales, así que puede haber errores en algunos casos. A partir de ese año, agregan, "no hay apenas errores" porque todo se hace por vía telemática.

En una respuesta a un usuario en Twitter, la DGT ha admitido este problema al responder a un usuario que les escribía lo siguiente: "Entiendo que simplifiquéis para que la gente lo entienda, pero hay muchos diésel anteriores a 2006 que cumplen la normativa Euro 4 ya que los fabricantes se adelantaron a la normativa".

Ante este comentario, la cuenta de la DGT le ha respondido que "en ese caso no lo han tenido en cuenta". Y le ha explicado qué hacer cuando ocurra esa situación: "Con un certificado del fabricante puedes pedir la recatalogación en la Jefatura de Tráfico".

En el momento en el que se empezó a informar sobre la adquisición de estas pegatinas en las oficinas de Correos, la DGT explicó con un mensaje más sencillo la clasificación de las etiquetas. En el caso anterior del usuario que lo ha denunciado en Twitter, la pegatina B —que sería la que debería tener— corresponde a "turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006", así como a "vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto gasolina como diésel matriculados a partir de 2005".

Sin embargo, la clasificación de estos distintivos de la DGT ya se recogía en el BOE de abril de 2016, de forma más técnica y precisa, y sin mencionar las fechas de matriculación:

De izquierda a derecha, los cuatro niveles de clasificación de los vehículos que la DGT hará según cúanto contaminen.
De izquierda a derecha, los cuatro niveles de clasificación de los vehículos que la DGT hará según cúanto contaminen.

Cero emisiones: Vehículos L, M1, N1, M2, M3, N2 y N3 clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

ECO: Vehículos M1 y N1 clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía mayor a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C. También vehículos M2, M3, N2 y N3 clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía mayor a 40km, híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

C: Vehículos M1 y N1 clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI. Vehículos M2, M3, N2 y N3 clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina Euro VI/6 o diésel Euro VI/6.

B: Vehículos M1 y N1 clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V. Vehículos M2, M3, N2 y N3 clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina Euro IV/4 o V/5 o diésel Euro IV/4 o V/5.

La DGT dispone en su web de un buscador de matrículas que informa sobre qué pegatina corresponde a cada vehículo. No obstante, pueden darse casos como el anterior, así que ante la duda lo mejor es consultar en la tarjeta técnica el tipo de motor del vehículo, acudir a un taller oficial del fabricante para comprobar si cumple la normativa y obtener el certificado oficial (puede tener un coste) y reclamar en Tráfico la recatalogación aportando dicho certificado, la ficha técnica del vehículo y una copia del BOE.

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