Los jueces que dan libertad a La Manada ven "impensable" su reiteración delictiva porque han perdido el anonimato

Exterior del Palacio de Justicia de Navarra antes de comenzar la sesión del juicio.
Exterior del Palacio de Justicia de Navarra antes de comenzar la sesión del juicio.
EFE/ Villar López
Exterior del Palacio de Justicia de Navarra antes de comenzar la sesión del juicio.

Los jueces que han facultado la puesta en libertad de La Manada fundamentan su decisión en el arraigo familiar de los condenados y en la falta de medios económicos para procurarse "una fuga eficaz" de la Justicia. Los magistrados consideran en el auto judicial que la condena a nueve años de cárcel es insuficiente para fundamentar la prórroga de la prisión y dicen no ver riesgo de "reiteración delictiva" dada la pérdida de anonimato de los miembros de La Manada por la repercusión social del caso

Los jueces favorables a la libertad provisional aseguran que no hay riesgo de "inmisión en el derecho a la intimidad de la víctima y de su entorno", porque los cinco condenados tienen su residencia "a más de 500 kilómetros del lugar en el que reside" y consideran la adopción de medidas menos gravosas que la prisión provisional, como son la prohibición de visitar Madrid y de contactar con ella, "garantizan su tranquilidad y su sosiego".

También argumentan que "la alarma social no es un criterio válido a los efectos de apreciar la necesidad de prisión provisional", pero sí creen que la repercusión social del caso limita las posibilidades de reiteración delictiva. La pérdida del anonimato de los condenados lo "hace poco menos que impensable".

Ambos jueces defienden que "la prisión provisional, como toda restricción del derecho de libertad personal, es una medida que únicamente debe ser impuesta cuando sea estrictamente necesario". Consideran también que se debe de huir del "automatismo" de prorrogar la prisión provisional hasta la mitad de la condena.

El auto asegura que ya no les sirve a los magistrados el argumento de que se pueda imponer a los acusados "unas penas de 80 años de prisión" y recuerda la existencia de un voto favorable "a libre absolución de los procesados". También destaca la "más que notable reducción" de las penas finales de la condenas respecto de las que solicitaban las acusaciones en la primera sentencia.

Consideran que haber prorrogado la prisión hubiera sido una decisión meramente punitiva o de anticipación a la pena.

En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, entienden que uno de los cinco miembros de La Manada no está inmerso en el caso de Pozoblanco y dicen que el tribunal "desconoce cuál sea la situación en que se encuentra la instrucción de la referida causa", porque prosiguen las investigaciones y "ni siquiera ha sido dictado auto de procesamiento".

El Tribunal pone en duda, además, la forma en la que se consiguieron las pruebas para el caso de Pozoblanco, porque La Manada autorizó el acceso a sus teléfonos móviles exclusivamente a efectos del juicio de Sanfermines y considera que la Policía "se excedió" al coger las imágenes de Pozoblanco.

En este sentido, el Tribunal valora que ninguno de los condenados cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar". Además argumentan que dada la repercusión social del caso es cuestionable un "hipotético riesgo de reiteración delictiva". La pérdida del anonimato de los condenados "hace poco menos que impensable" el riesgo de reiteración delictiva, dice exactamente el auto de libertad.

Con todos los argumentos anteriores, dos de los tres jueces del tribunal han acordado la prórroga de la prisión provisional sin carácter incondicional, pudiendo los condenados eludirla para obtener su libertad provisional previa prestación de una fianza de 6.000 euros.

El auto judicial ha sido validado por dos de los tres jueces que componen el tribunal de la sección segunda de la Audiencia de Navarra, Ricardo González y Raquel Fernandino. El cambio de opinión de Fernandino ha propiciado la libertad de los condenados, puesto que en tres ocasiones anteriores la magistrada había votado alineada con el presidente de la sala, José Francisco Cobo en contra de concederles la libertad provisional.

El tercero de los magistrados, el presidente de la sección segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo Sáenz, ha emitido un voto particular favorable a la prórroga de la prisión provisional de manera incondicional, hasta los cuatro años y seis meses.

El magistrado discordante es favorable a mantenerlos en prisión, sin perjuicio del resultado de la causa en sede de apelación (TSJN) y casación (Tribunal Supremo) por la gravedad de los "hechos probados". El magistrado apela también a la protección de la seguridad, estabilidad y tranquilidad de la denunciante y cita una carta publicada recientemente por uno de los condenados que las acusaciones han considerado de "desafiante".

La Audiencia de Navarra confirma que cabe recurso ante la propia sección segunda a esta decisión, a pesar de que la libertad de los condenados se podría producir en las próximas horas, en cuanto formalicen las fianzas de 6.000 euros.

El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron, ha anunciado que el Ayuntamiento de la capital navarra recurrirá la puesta en libertad provisional bajo fianza, una decisión que no comparte y que le provoca un "profundo desagrado". "Vamos a seguir hasta el final, vamos a recurrir también la puesta en libertad", ha indicado esta mañana a los medios de comunicación. También lo recurrirá el Gobierno de Navarra.

Con el ministerio fiscal y las acusaciones en contra

El Ministerio Fiscal pidió al Tribunal, sin embargo, que valorase "el riesgo de fuga" aun cuando constara el arraigo del investigado o procesado, dada "la gravedad de la posible pena" por unos delitos "ciertamente graves", según se puede leer en el auto de libertad, que acaba de ser comunicado a las partes del caso y al que ha tenido acceso 20minutos.

La fiscal del caso, Elena Sarasate, defendió como "reseñable" que cuatro de los cinco procesados estuvieran incursos en otro procedimiento de hechos de análoga naturaleza, en referencia al proceso de Pozoblanco. "En definitiva, considerando que todo lo alegado no hace sino reflejar unos bajos instintos personales en su forma de proceder entiende que se debe presumir la probabilidad de reiteración delictiva".

Este viernes la fiscalía ha anunciado que recurrirá en súplica el auto que permite la excarcelación de los cinco condenados. El recurso se realiza en súplica ante el mismo tribunal que ha ordenado las excarcelaciones y no tiene efectos suspensivos, es decir, que si los cinco jóvenes conocidos como 'la Manada' depositan su fianza saldrán en libertad, aunque el recurso del Ministerio Público aún no se haya resuelto.

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