Llarena rechaza dejar en libertad a Junqueras, Romeva y Forcadell por riesgo de fuga y de reiteración delictiva

El juez Pablo Llarena en una imagen de archivo.
El juez Pablo Llarena en una imagen de archivo.
EFE
El juez Pablo Llarena en una imagen de archivo.

El magistrado del Supremo Pablo Llarena ha vuelto a denegar la libertad a Oriol Junqueras, Raül Romeva y Carme Forcadell. Continúa afirmando que se mantiene el riesgo de fuga y de reiteración delictiva pese a haber Govern en Cataluña, y tampoco atiende las razones personales y familiares esgrimidas por los tres.

Según Llarena, el riesgo de reiteración no desaparece por el hecho que no participen del nuevo Gobierno y recuerda que tuvieron un "papel principal" desde agrupaciones políticas y sociales que dieron "apoyo al proceso". Por otro lado, y a petición de Simó, el juez levanta las medidas cautelares que pesaban sobre los procesados por desobediencia: Anna Simó, Lluís Maria Corominas, Lluís Guinó y Ramon Barrufet.

Por lo tanto, ya no tendrán que ir a firmar semanalmente a un juzgado, recuperan el pasaporte y pueden salir del territorio estatal. Todos ellos habían tenido que abonar 25.000 euros para eludir la prisión y ahora se los devuelven.

Una vez más, el juez del Supremo ha denegado la libertad a presos preventivos del proceso. En esta ocasión, la interlocutoria se refiere a las peticiones hechas por Oriol Junqueras, Raül Romeva y Carme Forcadell. El juez argumenta que, pese a la constitución de un Govern, "persiste el riesgo de reiteración delictiva y de fuga".

Llarena argumenta que el riesgo de reiteración no desaparece por haber Govern y que reside en que los procesados han compartido la determinación de conseguir la independencia "sirviéndose de una manera de hacer que ha roto las normas prohibitivas penales". Según Llarena, tenían previsto continuar "con la actuación ilícita tan pronto como recuperaran el control de las instituciones".

Por lo tanto, alega que tenían "determinación de persistir" y que esto se ha visto "revalidado" en discursos públicos, a pesar de que ahora no ocupen cargos públicos. Añade que han tenido "un papel principal" en el proceso y que, independientemente de los cargos en el Parlament, han desarrollado su acción a través de agrupaciones "políticas y sociales".

Dejarlos en libertad, pues, supone para Llarena el riesgo de que puedan "participar de manera destacada en el proceso de implantación de la república que se declaró" y recuerda que este es "el objetivo que promueve el nuevo Govern" de Torra.

Sobre el riesgo de fuga, vuelve a decir que se incrementa por la proximidad del juicio y las penas altas que se les pedirán y añade que tienen el apoyo "de una estructura organizada, con asesoramiento legal y relevantes recursos económicos" para dar el paso y saltar en el extranjero.

Rechaza la recusación de Comín y Serret

Llarena ha rechazado de plano la recusación que presentaron contra él los exconsellers fugados en Bélgica Toni Comín y Meritxell Serret al considerarla un "fraude procesal", que se produce a los seis meses de iniciar la instrucción, una decisión que no es recurrible.

Ambos presentaron el pasado 5 de junio en Bélgica una demanda civil contra el juez y, basándose en la misma, pretendían cuestionar la imparcialidad del magistrado, por lo que pedían su recusación.

En un auto, Llarena les responde que para que la existencia de un enfrentamiento en los tribunales con un juez pueda actuar como causa de recusación contra él, la cuestión debe haber sido planteada antes, y no después, de que este magistrado se ocupe de un proceso en el que quien le recusa esté implicado.

Lo contrario permitiría un fraude de ley, recuerda el magistrado que instruye la causa del "procés" desde hace más de seis meses.

Ello, añade, dejaría en manos de la voluntad de las partes apartar a cualquier instructor cuando discrepen del contenido de su investigación, mediante la presentación de una demanda contra él después de iniciada la instrucción, como entiende sucede en este caso, ya que la iniciativa responde a la discrepancia de los exconsellers con la instrucción penal desarrollada en España.

Y agrega que "dado que la demanda únicamente se impulsa para que un tribunal extranjero que carece de competencia para ello emita un juicio valorativo de la actuación jurisdiccional española, se constata que el procedimiento civil se instrumentaliza para impulsar una recusación que permita eludir al juez ordinario".

El juez menciona también la doctrina del Supremo, que señala que la causa de abstención de un juez consistente en "tener pleito pendiente" con alguna de las partes se refiere exclusivamente al "que exista con anterioridad a la designación y composición de la Sala para el enjuiciamiento.

Por lo tanto, precisa, "no entendiéndose por tal los pleitos que de futuro se puedan plantear por las partes una vez que se sabe la composición de dicha Sala a efectos de con ello no solo dilatar el procedimiento sino también apartar de su conocimiento al juez".

Llarena indica que los exconsellers centran su demanda civil en unas declaraciones suyas y en una supuesta parcialidad y partidismo desplegado en esta causa, pero indica que dichas declaraciones públicas "no sólo son plenamente respetuosas con la presunción de inocencia y expresamente la enfatizan en dos pasajes de la alocución, sino que se limitan a reflejar la existencia de un pronóstico inicial de tipicidad para los hechos investigados".

"La inadmisión de la recusación formulada resulta así obligada, pues el procedimiento en el que se funda no existía con anterioridad a la designación de este instructor, sino que ha surgido por la voluntad de los procesados y por su discrepancia con el contenido de la investigación, lo que no puede servir de base para una recusación por existencia de pleito pendiente entre el juez y las partes", concluye el juez.

El acercamiento de los presos, competencia del Gobierno

Llarena ha recordado que la competencia sobre los acercamientos de presos preventivos, como es el caso de los imputados por este asunto, no es competencia suya, sino de Instituciones Penitenciarias, es decir, del Gobierno.

En el auto en el que niega a Junqueras, Forcadell y Romeva, la salida en libertad provisional, afirma, a partir de legislación y jurisprudencia diversa, que no es su competencia la decisión sobre acercar a Cataluña a éstos y a otros presos preventivos encarcelados por esta causa.

Llarena recuerda la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el Reglamento Penitenciario, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la del Tribunal Supremo para explicar que quien tiene esta competencia es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Interior, es decir, el Gobierno.

Concluirá el sumario del "procés" con algunas citaciones finales

Llarena ha dado un último paso antes de concluir este sumario y ha concedido a las acusaciones y defensas un plazo de tres días para que le hagan las solicitudes que crean oportunas, antes de cerrar su investigación.

Antes de cerrar el sumario, el juez ha acordado algunas últimas citaciones y, así, ha llamado para el 26 de junio a las 09:30 horas a Joaquim Forn, ex conseller de Interior.

Lo ha hecho a petición de éste, quien quiere declarar en contra de algunos de los hechos en los que se basa la decisión de prisión preventiva para él acordada por el magistrado.

Fuentes del alto tribunal interpretan que, con el escrito de este jueves en el cual el magistrado asume que se han practicado todas las diligencias acordadas, aunque "sin perjuicio de las que hayan de practicarse en función de los escritos presentados", está dando un último paso antes de dar por concluido el sumario.

En todo caso, en su escrito el magistrado le da a las partes tres días para que soliciten lo que sea necesario y, además de citar a Forn, acuerda otra resolución, como ha sido citar a seis testigos para el mismo 26 de junio, a petición del ex vicepresident Oriol Junqueras y el ex conseller Raúl Romeva.

Los testigos citados, que comparecerán el mismo 26 de junio, a partir de las 10:00 horas, son los periodistas Xevi Xirgo Teixidor (director del Punt-Avui) y Nuria Llorach (vicepresidenta en funciones de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales), además de otras cuatro personas: Olga Solanas, Fernando Boloix, Jaime Planas y Francisco Fuentes.

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