¿Qué medidas de seguridad deben cumplir los almacenes pirotécnicos?

Daños sufridos tras la explosión del almacén de pirotecnia en Tui (Pontevedra).
Daños sufridos tras la explosión del almacén de pirotecnia en Tui (Pontevedra).
SALVADOR SAS / EFE
Daños sufridos tras la explosión del almacén de pirotecnia en Tui (Pontevedra).

Un segundo cadáver ha sido hallado tras la explosión de un almacén de pirotecnia en la localidad de Tui (Pontevedra) el pasado miércoles. El suceso ha dejado además una treintena de heridos y ha provocado importantes destrozos en la zona, tanto viviendas, como vehículos particulares y otras propiedades se han visto afectados.

El almacén se encontraba ubicado en pleno centro urbano del municipio. Tal y como informó el alcalde de Tui, Carlos Vázquez Padín, las autoridades municipales no tenían conocimiento de su actividad. Por su parte, Alberto Núñez Feijoo, presidente de la Xunta, apuntó que la normativa sobre este tipo de material es muy estricta. Efectivamente, lo es.

La norma en la que se apoyan es el Reglamento de artículos pirotécnicos y de cartuchería, y la Instrucción Técnica Complementaria número 9. Dicha norma obliga a que el titular del lugar en el que se almacenan o manipulan estos materiales pasen una inspección, que da resultado un certificado en el que figura que dicho edificio cumple las reglas, que no son pocas.  Una inspección que se repetirá periódicamente.

Por ejemplo,  tienen que estar provistos de un sistema de protección contra rayos y aquellos que fabrican productos pirotécnicos en los que haya riesgo de una explosión en su interior deben estar construidos con "materiales ligeros que minimicen las proyecciones, o bien con estructuras resistentes que puedan ser parcialmente abatibles", de tal manera que, en caso de accidente, "la onda de choque o lengua de fuego resulten orientadas a la dirección más favorable" y "se reduzca el mínimo posible los lanzamientos de fragmentos primarios de una explosión".

Pero en lo que más se detiene la ley es en establecer la distancia de seguridad mínima que deben tener respecto  núcleos de población o aglomeración de personas, a vías de comunicación, lugares turísticos, viviendas aisladas, a otras carreteras o líneas de ferrocarril. Esa distancia se decide en función de la "cantidad máxima de materia reglamentada que puede haber en un edificio o local peligroso o la capacidad máxima del almacén, en kilogramos" y del tipo de edificación.

Hay distintos tipos de edificios vinculados a estas actividades y sujetos a dicha regulación.  Además de los talleres de fabricación, están los talleres de preparación y montaje, de carga de cartuchería, depósitos de productos terminados y depósitos auxilares.

Se deberá tener en cuenta las capacidades máximas de almacenamiento permitidas por almacén, será necesaria una autorización concreta de la capacidad de depósito del almacén. Además, según el artículo 37 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre: "La inspección sobre medidas de seguridad ciudadana de los talleres y el control de las materias reglamentadas que se encuentren almacenadas en ellos corresponde a las distintas Intervenciones de Armas y Explosivos territoriales, quienes podrán realizar, sin previo aviso, cuantas inspecciones estimen necesarias"

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