El Tribunal Constitucional anula los acuerdos del Parlament que permitieron convocar el 1-O

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, su gobierno, y el resto de los diputados celebran la aprobación de la ley del referéndum, en una fotografía tomada el 6 de septiembre.
El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, su gobierno, y el resto de los diputados celebran la aprobación de la ley del referéndum, en una fotografía tomada el 6 de septiembre.
EFE
El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, su gobierno, y el resto de los diputados celebran la aprobación de la ley del referéndum, en una fotografía tomada el 6 de septiembre.

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado los acuerdos de la Mesa del Parlament catalán que permitieron tramitar la aprobación de la Ley de Referéndum y la Ley de Transitoriedad Jurídica, normas que a su vez ya han sido ya suspendidas cautelarmente por orden judicial.

De esta manera, el TC anula definitivamente los acuerdos parlamentarios del 6 y 7 de setiembre, lo que en realidad convierte en ilegítima la tramitación parlamentaria que permitió aprobar las leyes dirigidas a realizar el referéndum del 1 de octubre, declarado ilegal.

Además, los magistrados han acordado poner en conocimiento del fiscal la actuación de Carme Forcadell, presidenta del Parlament, y de varios miembros de la Mesa, por si pudiera ser constitutiva de delito.

Además de la presidenta, están afectados el vicepresidente primero, la secretaria primera, el secretario tercero y la secretaria cuarta de la Mesa del Parlamento de Cataluña.

La decisión ha sido adoptada por unanimidad y declara la inconstitucionalidad y nulidad de los acuerdos impugnados. "La autonomía parlamentaria no puede servir de pretexto para que la Cámara autonómica llegue hasta el extremo de arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional", señala el tribunal.

"El Parlamento de Cataluña ha desatendido una vez más las reiteradas advertencias de este Tribunal (...)" y está tratando de "llevar adelante su proyecto político de desconexión del Estado español y creación de un estado catalán independiente en forma de república. "Ello supone intentar una inaceptable vía de hecho (incompatible con el Estado social y democrático de Derecho) para reformar la Constitución al margen de ella", condena.

El Tribunal recuerda que, de acuerdo con el diario de sesiones de los días 6 y 7 de septiembre, la Mesa del Parlamento acordó la admisión a trámite de las dos proposiciones de ley a propuesta de los grupos parlamentarios JxS y CUP-CC y sometió a votación del Parlament en pleno la alteración del orden del día y la propuesta de supresión de trámites parlamentarios para su debate y aprobación.

El 6 de septiembre, además, la Mesa rechazó las solicitudes de reconsideración formuladas por los grupos de la minoría parlamentaria (C's, PSC y PPC).

Tal actuación parlamentaria se llevó a cabo "pese a las expresas advertencias que les fueron formuladas previamente, por escrito, por el Secretario General del Parlamento y el Letrado mayor".

Ambos advirtieron de que esa actuación contradecía la sentencias del TC y también de que la tramitación de las proposiciones de ley por el procedimiento de lectura única (contenido en el Reglamento de la Cámara tras su reforma) estaba suspendido cautelarmente, recuerda el TC en sus dos autos de hoy.

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