El TSJ rechaza el recurso de Sanidad contra el derecho al descanso de los médicos

Un equipo de médicos durante una intervención quirúrgica.
Un equipo de médicos durante una intervención quirúrgica.
EUROPA PRESS/JCCM
Un equipo de médicos durante una intervención quirúrgica.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de propinar otro importante revés a la Consejería de Sanidad relacionado de nuevo con el derecho al descanso de los facultativos.

Si el pasado lunes, tal y como publicó 20minutos, una sentencia judicial daba la razón a un médico especialista de la región y establecía la obligatoriedad de la Comunidad de Madrid de indemnizarle con casi 7.000 euros anuales por el descanso no disfrutado, ahora es el TSJM el que se pronuncia en relación al colectivo de 26 médicos especialistas que, como pioneros, presentaron en 2014 la primera reclamación por la vulneración de su derecho al descanso.

El conflicto entre Sanidad y los médicos especialistas se remonta a hace cuatro años, cuando una normativa regional modificó las condiciones que regulan la libranza de los médicos salientes de guardia.

Por ley, los 10.000 médicos especialistas que trabajan en la región tienen estipulada una libranza de 36 horas semanales consecutivas. La modificación normativa limitó este derecho en los casos de que el médico salga de guardia en fin de semana (es decir, en la práctica son las 8.00 horas del domingo porque la guardia dura 24 horas). Cuando eso ocurre, el facultativo solo disfrutará de una libranza de 24 horas y no de 36. Es decir, el Sermas le birla 12 de sus horas, lo que limita su descanso y capacidad de recuperación.

El TSJM ya se pronunció al respecto el 30 de septiembre de 2016 dando la razón al colectivo: tienen derecho al descanso. Pero el Sermas volvió a recurrir ante el Alto Tribunal, esta vez en casación. Pues bien, los jueces se han pronunciado ahora inadmitiendo por falta de "interés casacional" el recurso de la Consejería de Sanidad, lo que en términos jurídicos significa que "el asunto no da lugar ni a ser estudiado", explica el letrado Rafael Ariño, que ha defendido los intereses de los 26 facultativos.

En la práctica, tal y como explica el abogado, "esto confirma el derecho al descanso de los médicos, tienen derecho a poder conciliar, pero, aún más importante, a descansar lo suficiente para atender en óptimas condiciones a sus paciente", recalca.

Esa es la razón que llevó a la anestesista Yolanda Cabrero a promover la denuncia ganada por los 26. «Estamos en unas condiciones que pueden poner en peligro la seguridad del paciente», dice en relación a su estado tras una guardia sin poder descansar el tiempo estipulado legalmente, lo que hace que esté dos semanas  «sin dejar de pisar el hospital a diario». Sale de su guardia el domingo por la mañana y está de vuelta el lunes.

Una opinión que comparte Carlos Castaño, presidente de la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM), quien reconoce que cuando un médico sale de guardia un domingo a los 8.00 de la mañana (y solo va a descansar ese día), el lunes por la mañana "no está en las mejores condiciones para enfrentar una nueva jornada laboral, quizá un quirófano", explica.

En condiciones "nefastas"

Castaño, traumatólogo, matiza que "no significa que lo vaya a hacer mejor o peor, sino a que no se dan las condiciones óptimas". Como refiere, antes de una intervención un médico debe repasar la praxis, el historial clínico del paciente o la anatomía objeto de la intervención. ¿Cómo va a hacerlo si necesita dormir tras 24 horas consecutivas en una guardia hospitalaria?, se desprende.

A su juicio, los motivos del litigio que mantienen con la Comunidad de Madrid están claros: "No les importa la calidad asistencial. Solo saben que si el médico saliente de guardia libra el lunes, se quedan sin médicos para trabajar. Por eso no deja descansar" y les obliga a trabajar en unas condiciones "nefastas", todo vinculado "a una situación de recortes y precariedad", resume el presidente de AFEM.

Este diario ha contactado con la Consejería de Sanidad para conocer su valoración del fallo. Según explican fuentes de la misma, la resolución del TSJM "es una más" dentro de las muchas que ya existen, "unas a nuestro favor y otras en contra", aclaran.

Desde Sanidad mantienen que se trata de un "recurso de alzada, que no de casación" y que este está interpuesto ante el Supremo, por lo que esperarán a que sea este órgano judicial "el que fije el criterio". El texto del propio recurso de inadmisión cuestiona esta interpretación: "carece de interés casacional", refiere.

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