Las multas por incumplir la ley antitabaco aumentan un 253% en Madrid en dos años

  • Los expedientes que han concluido en sanción han pasado de 155 en el año 2011, cuando entró en vigor la ley, a 547 en el pasado 2013.
  • La mayor parte se deben al consumo de tabaco en locales de hostelería.
  • El castigo para los fumadores es de 30 euros, salvo que sean reincidentes. Los propietarios pueden llegar a pagar hasta 10.000 euros.
Un cliente sostiene un cigarrillo en el interior de un bar.
Un cliente sostiene un cigarrillo en el interior de un bar.
JORGE PARÍS
Un cliente sostiene un cigarrillo en el interior de un bar.

"Entramos y había gente fumando. La camarera incluso nos invitó a irnos porque íbamos con niños. Yo no me lo podía creer". Escenas como esta, narrada por José Alfonso (37 años) y que tuvo lugar en un bar situado en el barrio de Pacífico de Madrid, son cada vez más frecuentes.

Según los datos facilitados a 20minutos por la Consejería de Sanidad, las sanciones por incumplimiento de la ley antitabaco se han disparado en la región en los últimos dos años. La Agencia Antidroga, el organismo competente, inició 834 expedientes sancionadores en 2013, por los 246 que abrió en 2011, año en el que entró en vigor la normativa actual. De ellos, 547 acabaron con multa, cuando en 2011 solo fueron 155.

Las cifras arrojan un aumento del 240% en el número de procedimientos y del 253% en el número de multas. Eso, a pesar de que las denuncias se han reducido un 25% (de 1.224 a 920).

La Agencia Antidroga detalla que el consumo de tabaco en lugares donde está expresamente prohibido y el consentimiento de esta actividad por parte de los propietarios de los locales son, "con gran diferencia sobre el resto", los comportamientos que provocan más multas. La mayor parte de las reclamaciones, además, afectan al sector de la hostelería, es decir, a bares, restaurantes, terrazas completamente cerradas (solo se puede fumar en las que estén delimitadas por dos 'paredes' y un techo), pub y discotecas.

Estos establecimientos también acumulan procedimientos (los menos) por vender tabaco sin autorización y por la ausencia del mecanismo de activación obligatorio en las máquinas expendedoras de cigarrillos.

"Te ponen el cenicero"

La asociación de hosteleros de Madrid La Viña duda de que los establecimientos se la jueguen y permitan el tabaco, ya que las multas van desde los 30 a los 600.000 euros. "Un sanción grave puede poner en duda la viabilidad del negocio. No es lógico", detalla un portavoz. Sin embargo, la Consejería de Sanidad insiste en que está recibiendo más denuncias de este tipo por parte de particulares, Policía y Guardia Civil en toda la región.

Este fin de semana, sin ir más lejos, la Policía Local de la capital acusó al dueño de un local del distrito Centro de alquilar sus instalaciones para una fiesta donde 47 menores de edad bebían alcohol y compraban tabaco sin control.

José Alfonso, por ejemplo, avisó a los agentes cuando los responsables del bar de tapas al que acudió con sus amigos les conminaron a salir si les molestaba el humo del tabaco. "Claro que lo hice. Íbamos un grupo de amigos y yo llevaba a mis tres hijos, de 6, 4 y 2 años. Me parece indignante que encima nos invitasen a irnos alegando que el bar estaba lleno y que la gente fumaba porque era una 'ocasión especial', vamos, que ponían un partido de fútbol. Lo que estaban cometiendo es una ilegalidad", resume.

Verónica (35 años), asegura que la permisividad de algunos hosteleros es patente. "Por mi experiencia personal, ocurre sobre todo en locales con más de una planta, en restaurantes con reservados y en sitios de confianza cuando hay poca gente. En algunos, te ponen el cenicero desde el primer momento, no se cortan", resume.

Como consumidora, Verónica prefería la primera versión de la ley antitabaco, la que permitió, durante un tiempo, que los locales eligiesen si querían ser de fumadores o no fumadores y que obligaba a los espacios más grandes a habilitar zonas separadas para clientes a favor y en contra del tabaco. "Ahora, lo que han conseguido, es que aumente la intolerancia con los fumadores. Es una incoherencia que yo no pueda fumar en el mismo sitio en el que me venden el tabaco", sentencia.

La Viña cree que ya no hay vuelta atrás en este punto. "El debate está superado. Salir fuera de los establecimientos a fumar ya se ha convertido en costumbre. Muchos propietarios han invertido para solicitar permisos para terrazas y dotarlas con estufas en invierno y ventiladores en verano a pesar de que el consumo ha caído. De esta forma, los fumadores tienen un espacio dentro de la legalidad", añaden desde el colectivo.

La asociación Nofumadores.org, en cambio, acusa a la Comunidad de Madrid de "falta de voluntad política" en el cumplimiento de la normativa. "El número de inspectores que revisan los incumplimientos es ridículo, la Agencia Antidroga no habla con nosotros y las policías locales no ayudan lo suficiente. Si la ley se ha cumplido es porque tiene aceptación social y debido a que la gente no quiere volver a la situación anterior,  no porque la Comunidad haya puesto de su parte. Hay muchos más establecimientos que se saltan la ley pero no se les sanciona", critica Raquel Fernández, presidenta del colectivo.

Tres años sin tabaco

Balance > La Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco —su nombre oficial— entró en vigor el 2 de enero de 2011. Desde entonces, la Comunidad de Madrid ha recibido 3.266 denuncias y ha iniciado 1.605 expedientes que han derivado en 1.148 multas.

¿Dónde fumo? > La normativa reformó a la promulgada en 2005, que prohibía el consumo en centros de trabajo, espacios culturales y edificios oficiales pero lo permitía en aeropuertos, hoteles, salas de fiestas y establecimientos hoteleros con más de 100 metros cuadrados y zonas compartimentadas diferenciadas. La nueva ley no permitir fumar en ningún espacio público. Tampoco, en las proximidades de centros educativos, sanitarios y parques infantiles.

Sanciones > Las sanciones son las mismas desde la ley de 2005. Constituyen faltas leves —penadas con entre 30 y 600 euros— fumar en lugares prohibidos, la venta de tabaco por parte de menores o la falta de señalización que advierta de la prohibición. Permitir el consumo, instalar expendedoras sin permiso o no dotarlas del sistema obligatorio de bloqueo son faltas graves que pueden elevar la sanción de 601 a 10.000 euros. Las infracciones muy graves (desde 10.001 hasta 600.000 euros) se reservan para quienes publiciten o patrocinen los productos del tabaco fuera de los establecimientos de distribución.

Pocos inspectores > La Comunidad de Madrid tiene 17 inspectores para controlar de oficio el cumplimiento de la ley antitabaco, los mismos desde 2011. Eso supone 0,2 inspectores por cada 100.000 habitantes, una de las más bajas de España. La tasa de Castilla y León (23 inspectores) es de 0,92; la de Cataluña (300 inspectores para 7,5 millones de habitantes), de 4. Andalucía (915 inspectores para 8,5 millones) alcanza la cifra de 10,76 controladores por cada 100.000 ciudadanos.

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