Watts, que padecía una artritis de cadera, fue remitida a recibir tratamiento en un hospital local "dentro de un plazo que se ajustaba a los objetivos del plan de seguridad social" británica, decisión que la paciente recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de su país.
Un empeoramiento del estado de Watts, confirmado mediante un examen médico en enero de 2003, recomendó la intervención quirúrgica en un plazo de tres o cuatro meses, pese a lo cual la seguridad social británica "reiteró su negativa a autorizar la operación en el extranjero".
Watts se operó dos meses después en Francia, le costó 5.700 euros y solicitó al Tribunal Superior de Justicia británico que instara al sistema de salud a devolverle dicha suma, demanda inicialmente denegada.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la UE modificó esa decisión.
Según los jueces, para denegar a Watts la operación -colocación de una prótesis de cadera- alegando la existencia de un plazo de espera en el Reino Unido, el servicio de salud británico debía demostrar que dicho periodo no sobrepasa el "médicamente aceptable".
Los sistemas públicos de salud de los países de la UE deben pagar el tratamiento médico de un paciente en el extranjero cuando en su país las listas de espera sean demasiado largas, se supera un plazo "médicamente aceptable" y el diagnóstico se agrava, según una sentencia emitida ayer.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó los derechos de los pacientes para recibir atención médica en el territorio comunitario.
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