Prisión para el etarra Jorge Olaiz por el intento de asesinato de un edil de UPN en el año 2000

  • Ha sido condenado al haber ser reconocido por un testigo "sin género de dudas" como la persona que logró huir del lugar de los hechos.
  • Olaiz fue puesto en libertad en 2014 tras cumplir casi trece años en prisión
  • Había sido detenido en 2001 por un tiroteo en Pamplona, fue citado por el juez de la Audiencia Nacional a declarar a raíz de la reapertura de este caso.
Operación policial contra el entorno de ETA.
Operación policial contra el entorno de ETA.
ATLAS
Operación policial contra el entorno de ETA.

El juez Ismael Moreno ha enviado de nuevo a prisión al etarra Jorge Olaiz por el intento de asesinato en 2000 del concejal de UPN en el Ayuntamiento de Pamplona Miguel Ángel Ruiz Langarica, al ser reconocido por un testigo "sin género de dudas" como la persona que logró huir del lugar de los hechos.

Olaiz, que fue puesto en libertad en 2014 tras cumplir casi trece años en prisión tras ser detenido en 2001 por un tiroteo con la Guardia Civil en Pamplona, fue citado por el juez de la Audiencia Nacional a declarar a raíz de la reapertura de este caso y, tras ser interrogado esta mañana, el juez, a petición del fiscal Pedro Rubira, ha decidido enviarle de nuevo a la cárcel.

Por estos hechos ya fue condenado en su día el etarra Iñaki Beaumont, mientras que para Olaiz la causa se sobreseyó en 2002 por falta de pruebas contra él, pese haber sido procesado en febrero de 2001 por su presunta vinculación con esta tentativa de asesinato.

Sin embargo, en 2014, un testigo protegido reconoció "sin ningún género de dudas" a Olaiz como uno de los intervinientes en ese intento de atentado y la Jefatura Superior de Policía de Pamplona y la Guardia Civil de Navarra elaboraron informes al respecto, que condujeron a la reapertura de esta causa.

Según señala el juez en el auto de prisión, en el que valora que el etarra haya "comparecido voluntariamente (...), se llega a la conclusión de que existen en la causa motivos suficientes para creer presuntamente responsable" a Olaiz del delito de asesinato terrorista en grado de tentativa, castigado con penas de entre 15 y 20 años de cárcel.

Como elemento de corroboración de la declaración del testigo protegido, Moreno aporta una sentencia de la Audiencia Nacional por la que se condenó a unos colaboradores de ETA por dar alojamiento a Olaiz a partir del 24 de noviembre de 2000, el día en que se produjo el intento de asesinato del edil, y todo ello conociendo que "iba armado con una pistola y que era buscado por las fuerzas de seguridad del Estado por atentar como miembro de ETA contra diversas personas".

De este modo, Moreno considera que Beaumont y Olaiz se dirigieron ese día a las nueve de la mañana al domicilio del exconcejal en Pamplona, provistos cada uno de una pistola 9 mm parabellum. Sin embargo, mientras esperaban la salida del edil, fueron sorprendidos por la Policía y Beaumont fue detenido, mientras que Olaiz logró huir.

Para reabrir la causa, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, "a la luz del resultado de las investigaciones" y "ante los nuevos indicios incriminatorios contra Jorge Olaiz", solicitó la revocación del sobreseimiento para la práctica de diligencias.

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