El Supremo invalida las excarcelaciones de narcos por la reforma de la Justicia Universal

Imagen de la sede del Tribunal Supremo, en Madrid.
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Imagen de la sede del Tribunal Supremo, en Madrid.

El Supremo ha invalidado por unanimidad las excarcelaciones de 53 narcotraficantes acordadas por la Audiencia Nacional en una interpretación errónea de las consecuencias que la reforma de la Justicia Universal podía tener sobre la competencia para esos delitos de las autoridades españolas.

La Fiscalía Antidroga recurrió contra la excarcelación de 13 narcotraficantes egipcios y de otro grupo de 8 sirios y ahora el Supremo, en una decisión que afectará no solamente a esos casos concretos sino a otros que han llevado a la Audiencia Nacional a liberar indebidamente a cerca de cincuenta narcotraficantes, le ha dado la razón.

Se trata de una decisión tomada por unanimidad por los quince magistrados que han tomado parte en el pleno de este miércoles, lo que constituye una importante excepción. Fuentes jurídicas consultadas interpretan la decisión como un notable varapalo para la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, cuya interpretación de la ley ha sido severamente corregida por el Supremo.

Así, tanto la mayoría de magistrados de la Sala Penal de la Audiencia Nacional que se posicionó a favor de las excarcelaciones, como la minoría que se opuso, equivocó el criterio para tomar su decisión, según ha considerado el Supremo.

Según la mayoría de los magistrados de la Audiencia Nacional, la reforma establece dos requisitos para poder perseguir delitos de tráfico de drogas cometidos fuera de España: que el procedimiento se dirija contra un español o cuando "se trate de la realización de actos de ejecución de uno de estos delitos o de constitución de un grupo u organización criminal con miras a su comisión en territorio español". Sobre esa premisa, los jueces de la Audiencia Nacional interpretaron erróneamente que solo se podría juzgar a estos detenidos en España si son españoles o la droga tiene como destino este país.

Tres magistrados de la Audiencia Nacional se mostraron en desacuerdo con las excarcelaciones —Fernando Grande Marlaska, Concepción Espejel y Ángel Hurtado— y sostuvieron que una cuestión gramatical permitía perseguir a los narcos extranjeros apresados en aguas internacionales.

La Sala Penal del alto tribunal ha visto ahora (con preocupación, según ha señalado un magistrado del Supremo) que unos y otros se equivocaron en el párrafo que interpretaron de la norma en cuestión, ya que se centraron su debate en el párrafo que no era de aplicación. Los magistrados del Supremo han considerado que el párrafo que debió ser aplicado para estos casos (el D en lugar del I) faculta a los estados ribereños de un determinado espacio marino a intervenir contra delitos de tráfico de drogas, piratería, contra la seguridad en el mar y de tráfico de personas, en aplicación de los tratados internacionales.

Así, los abordajes a barcos de narcotraficantes, aunque sean en aguas internacionales, son aceptables si se producen por fuerzas policiales españolas contra naves que se encuentren frente a nuestras costas, considera el Supremo. A partir de su errónea interpretación de la Ley la Audiencia Nacional acordó la liberación de cerca de 53 presuntos narcotraficantes que deberán ser ahora perseguidos mediante órdenes de detención internacionales contra ellos.

Sin embargo, estas órdenes se irán cursando, en principio, a medida que cada recurso presentado por la Fiscalía contra las respectivas órdenes de detención vaya llegando al Supremo, de manera que, hoy, la persecución se hará efectiva únicamente contra los directamente afectados por el caso de este miércoles.

Trece egipcios

Los casos concretos que ha estudiado el Supremo se referían a la detención de 13 sospechosos egipcios en aguas del Mar de Alborán en las que navegaba su barco (cargado con 16 toneladas de hachís) cuando fue abordado eran internacionales y a otro grupo de delincuentes sirios en similares circunstancias. La Fiscalía Antidroga, que había pedido para el juicio que se iba a celebrar contra los detenidos egipcios penas de seis años y dos meses por delitos contra la salud pública, recurrió el pasado 8 de mayo ante el Supremo las excarcelaciones. El recurso se basaba en que la decisión de la Audiencia Nacional supuso la infracción de precepto constitucional del artículo 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr) y por infracción de ley del artículo 849.1 de la LECr.

Desde que en marzo pasado entró en vigor la reforma de la jurisdicción universal han quedado en libertad un total de 53 tripulantes de embarcaciones que transportaban droga, 47 por orden de la Audiencia Nacional y seis a instancias de un juzgado de Las Palmas. De estos seis últimos, tres se presentaron voluntariamente a comienzos de julio después de que el magistrado Eloy Velasco ordenara su detención al comprobar que, según el Servicio de Vigilancia Aduanera, pretendían desembarcar la droga que transportaban en Canarias. En 40 de estos 53 casos el Pleno de la Sala de lo Penal ha confirmado su excarcelación.

El PP afirma que la decisión demuestra que no hay impunidad

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso y diputado del PP, Alfredo Prada, ha aplaudidola decisión del Tribunal Supremo de invalidar la excarcelación de 53 narcotraficantes acordada por la Audiencia Nacional tras la reforma de la Justicia Universal.

"Ese pronunciamiento establece que no hay criterios de impunidad para las personas que cometen delitos fuera del territorio nacional y apaga las voces de todos aquellos grupos parlamentarios y políticos que decían que la reforma iba a permitir la impunidad", ha asegurado Prada en los pasillos del Congreso.

Según el diputado del PP, el Supremo ha considerado que la Audiencia Nacional no actuó de forma procedente ya que con la ley en vigor y en aplicación de los convenios internacionales, podría no haber liberado a los narcotraficantes.

Prada cree que el pronunciamiento del Supremo avala la reforma de la Justicia Universal que, a su juicio, trataba de "aquilatar y acotar" en qué delitos podía aplicarse este principio jurídico.

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