El Constitucional tumba la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el IBI de sus edificios

  • La ley objeto del fallo se aprobó en marzo y estaba suspendida desde el pasado mes de julio por el alto tribunal.
  • La sentencia responde a un recurso presentado por el Gobierno central contra la normativa autonómica.
  • Navarra solo eximía del pago a los inmuebles dedicados al culto.
Fótografos y Cámaras de televisión frente al edificio del Tribunal Constitucional.
Fótografos y Cámaras de televisión frente al edificio del Tribunal Constitucional.
Juan M.Espinosa / EFE
Fótografos y Cámaras de televisión frente al edificio del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional por unanimidad la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), por todos sus inmuebles, salvo por aquellos que fueran destinados al culto.

El Gobierno central había presentado un recurso ante el Constitucional contra esta ley, que ya el pasado mes de julio fue suspendida por el propio tribunal y que ahora ha sido declarada inconstitucional.

El Estado consideraba en su recurso que la norma foral, publicada en el Boletín Oficial de Navarra el pasado mes de marzo, "incumple los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélica, Israelita e Islámica".

"En concreto, se produce la vulneración por cuanto la ley foral solamente excluye del pago de la Contribución Territorial Urbana a los 'bienes destinados al culto', cuando, conforme a los compromisos aludidos esa exclusión alcanza a otros bienes, que la ley foral excluye del beneficio fiscal", señalaba el Gobierno central.

Cambio en la ley de Haciendas Locales

El pasado mes de febrero, el pleno del Parlamento foral de Navarra aprobó que la iglesia católica y las otras confesiones religiosas pagaran a los ayuntamientos de Navarra la contribución territorial urbana por las propiedades que no están destinadas al culto.

Esta modificación de la Ley de Haciendas Locales fue posible a través de una propuesta de PSN/PSOE e I-E, que contó con los votos en contra de UPN y PPN.

El pasado día 5 de julio, el Consejo de Ministros acordó la interposición de este recurso al entender que Navarra se extralimitó en sus competencias tributarias, al limitar la exención del impuesto de contribución territorial urbana, tanto de la Iglesia católica, como de las demás asociaciones religiosas no católicas que tienen acuerdos con el Estado al amparo de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

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