El Ayuntamiento de Pamplona subvenciona las actividades extraescolares de 43 centros

El Ayuntamiento de Pamplona ha resuelto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de actividades extraescolares durante el segundo y tercer trimestre del curso.
Alumnos en clase
Alumnos en clase
EUROPA PRESS/JCCM
Alumnos en clase

El Ayuntamiento de Pamplona ha resuelto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de actividades extraescolares durante el segundo y tercer trimestre del curso.

En total, el Consistorio ha otorgado ayudas a 43 centros educativos, 26 públicos y 17 concertados, por un montante de 125.977,43 euros.

Con estas ayudas, el Ayuntamiento subvenciona la realización de actividades del segundo y tercer trimestre del curso 2010-2011 en los centros de Educación Infantil y Primaria de Pamplona para dar soporte a las iniciativas encaminadas a la mejora de la calidad de la enseñanza y fomentar el desarrollo de programas de ocio en los centros educativos.

La subvención que cada centro recibe se calcula repartiendo a partes iguales el 50% de la dotación máxima de la convocatoria, que es de 129.000 euros para actividades del segundo y tercer trimestre, entre el número de centros que hayan presentado programa y presupuesto. El 50% restante se reparte proporcionalmente al número de alumnos de cada centro.

Los centros de Educación Básica de Adultos (CEBA Iribarren) y los de Educación Especial (Andrés Muñoz y El Molino) perciben la cantidad que se otorga en primera instancia y a partes iguales a todos los colegios.

La convocatoria incluía también la subvención de actividades extraescolares en el primer cuatrimestre del curso que viene. Los consejos escolares de los centros públicos y concertados tienen de plazo para presentar esa documentación concluye el 16 de noviembre.

Las solicitudes se pueden presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, en los registros auxiliares o el cualquiera de los previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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