El Constitucional resolverá los recursos contra la doctrina Parot "caso por caso"

El Tribunal Constitucional
Fótografos y Cámaras de televisión frente al edificio del Tribunal Constitucional. (Juan M.Espinosa / EFE)
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  • Según la doctrina Parot, la reducción de penas por beneficios penitenciarios se aplica a cada una de ellas y no sobre el máximo legal de permanencia en prisión.
  • En la actualidad, el tribunal ha admitido a trámite veintiocho recursos, de los que veinticuatro corresponden a presos de ETA.

El Tribunal Constitucional resolverá "caso por caso" los recursos de las personas condenadas a las que se ha aplicado la llamada 'doctrina Parot' -muchos de ellos presos etarras-, por lo que no habrá un único pronunciamiento del tribunal que avale o revoque la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.

Así lo han informado fuentes del Constitucional, que han asegurado que, aunque aún no se ha producido ninguna deliberación sobre el fondo de la cuestión, el tribunal sí decidió hace tiempo la forma en la que se abordaría el debate sobre la doctrina que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años de prisión.

El Tribunal Supremo estableció la 'doctrina Parot' en 2006 El Tribunal Supremo estableció la 'doctrina Parot' en 2006 en una sentencia en la que rechazó el recurso del exmiembro del "comando itinerante" de ETA contra la negativa de la Audiencia Nacional a acumular en una las veintiséis penas a las que había sido condenado.De este modo, cuando llegó el primer recurso y la sala segunda del Constitucional decidió avocarlo al pleno, éste acordó que cada uno de los casos sería estudiado individualmente. En la actualidad, el tribunal ha admitido a trámite veintiocho recursos -de los que veinticuatro corresponden a presos de ETA-, mientras que otros veintiuno se encuentran pendientes de admisión.

Además, el Constitucional ha rechazado por motivos formales otro medio centenar de recursos, entre ellos el del preso etarra que dio nombre a la doctrina, Henri Parot, así como los de otros miembros de la banda como José Antonio Lopez Ruiz, 'Kubati' -condenado por el asesinato de la disidente María Dolores González Katarain, 'Yoyes'- o Isidro María Garralde, 'Mamarru'.

Cómputo de las redenciones

El Tribunal Supremo estableció la "doctrina Parot" el 20 de febrero de 2006 en una sentencia en la que rechazó el recurso del exmiembro del "comando itinerante" de ETA contra la negativa de la Audiencia Nacional a acumular en una las veintiséis penas a las que había sido condenado. La resolución del Supremo, que dio la razón al etarra al acumular las condenas en una sola pena de 30 años, supuso sin embargo la fijación de un nuevo criterio de aplicación de las redenciones establecidas en el Código Penal de 1973 que hacía que la mayoría de los presos de la banda condenados varias veces por delitos cometidos hasta 1995 agotaran el tiempo máximo de cumplimiento efectivo.

Y es que la sentencia ordenaba que el cómputo de las redenciones se hiciera sobre cada una de las condenas, empezando por la mayor, de modo que el etarra cumpliera sucesivamente sus responsabilidades penales y al extinguir una pena, con los beneficios que le fueran aplicables, comenzara el cumplimiento de la siguiente, hasta llegar al límite de 30 años. Posteriormente, la 'doctrina Parot' se ha aplicado a condenados por delitos comunes, como Pedro Luis Gallego, conocido como "el violador del ascensor".

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Zoombrita
2
Avatar de Zoombrita
Zoombrita, 16.05.2011 - 21.36h

    Hay que modificar este artículo de la Constitución para que la P$0€ no pueda llevar a cabo sus fines delictivos.


    Artículo 159.

    1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

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    Zoombrita
    4
    Avatar de Zoombrita
    Zoombrita, 16.05.2011 - 22.24h

      En la actualidad, el tribunal ha admitido a trámite veintiocho recursos, de los que veinticuatro corresponden a presos de ETA.

      -------------------------------------------------------------------

      No hace falta que montéis ningún teatro. Sabemos que resolveréis favorablemente hacia eta.

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      norberto_89
      5
      Avatar de norberto_89
      norberto_89, 16.05.2011 - 23.42h

        Yo no entiendo porque el Constitucional se tiene que hacer eco de esto... Creo que este Tribunal tiene que hablar sobre otras cosas, pero no cuestionar la jurisprudencia de este país... Lo de la Doctrina Parot se suele aplicar porque siempre se ha aplicado en casos de terrorismo, para aumentar las penas y para que las cumplan íntegramente... Ahora que no nos vengan con recursos tontos que el Tribunal Constitucional pienso que no es competente para resolverlos...

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        EIconfidente
        7
        Avatar de EIconfidente
        EIconfidente, 16.05.2011 - 23.45h

          SRES............ NO HAY DEMOCRACIA.........PORQUE NO HAY SEPARACIÓN DE PODERES........


          EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES NOMBRADO POR EL GOBIERNO........

          ESTO ES LO QUE SUCEDE EN PAÍSES COMO MARRUECOS.........ZAMBIA.........O CUBA.........

          ESTO ES LO QUE SUCEDE EN LAS DICTADURAS......................................

          ^^^^^^^^^^^^^^^^^^^QUÉ ESCANDALAZO SRES^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^

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          EIconfidente
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          EIconfidente, 16.05.2011 - 23.52h

            ETA Y PSOE SON IGUALES .
            ambos de extrema izquierda con pasados IGUALES ideologicamente MARXISTAS LENINISTAS .. LA ÚNICA diferencia
            entre ETA y PSOE es que ETA te mata con un TIRO y PSOE te mata de HAMBRE con un PENSIONAZO impresionante...
            y un GARROTAZO acojonante a LOS FUNCIONARIOS, A PENSIONISTAS...A LA SANIDAD...

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            EIconfidente
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            Avatar de EIconfidente
            EIconfidente, 16.05.2011 - 23.58h

              ¿¿¿¿¿¿¿¿¿SABIAIS QUE HAY MIEMBROS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL QUE NO SON JUECES????????

              .ALGUNOS SON PROFESORES........CATEDRATICOS......PERO NO SON JUECES DE CARRERA.......

              EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTÁ VIOLANDO LA CONSTITUCIÓN YA QUE NO ES UN TRIBUNAL DE CASACIÓN...........

              LA ÚLTIMA PALABRA LA TIENE EL TRIBUNAL SUPREMO...... EN CUESTIONES PENALES.......

              ¿¿¿¿¿¿¿¿Y QUÉ PINTA EL CONTITUCIONAL METIENDO LA ZARPA DONDE NO ES COMPETENTE?????????

              LO DICHO.........ÉSTO ES UNA SEUDO-DICTADURA DONDE SE VOTA CADA 4 AÑOS....COMO EN MARRUECOS..........

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              Arcada
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              Avatar de Arcada
              Arcada, 17.05.2011 - 00.06h

                Zoombrita, mucho pones ese artículo pero luego no tienes ni idea de lo que quiere decir. Prueba a seguir mirando en la Consitutción cómo se forma el Congreso y el Senado, así como el Consejo General del Poder Judicial. Cuando hayas hecho eso sigues escribiendo. Gracias

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                Quintio
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                Avatar de Quintio
                Quintio, 17.05.2011 - 00.22h

                  ¿Qué tiene que ver el Constitucional en este caso? La máxima autoridad judicial es el Supemo. Pero como no les interesa colocan al Constitucional por encima del Supremo haciendo sus funciones. Pues que quiten el Supremo y nos ahorramos dinero. El Constitucional no debe decir si aplica o no en cada caso la doctrina Parrot, únicamente si es o no incostitucional. Así nos va en este país. Ya nadie creemos en la justicia.

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                  ELCHARLY
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                  Avatar de ELCHARLY
                  ELCHARLY, 17.05.2011 - 00.30h

                    El psoe ha destruido las instituciones, ya no hay estado de derecho, este partido ha dado la espalda a la justicia, y a su pueblo. Y no se puede hacer nada...

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                    ELCHARLY
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                    Avatar de ELCHARLY
                    ELCHARLY, 17.05.2011 - 00.31h

                      Parece que no han matado socialistas, este zp no tiene moral alguna..

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